Requisitos para solicitar la ayuda al alquiler de vivienda 2023 en Extremadura: se abona el 50% de la mensualidad durante 5 años máximo

Ayuda al alquiler de vivienda 2023 en Extremadura.
Ayuda al alquiler de vivienda 2023 en Extremadura.
20M EP
Ayuda al alquiler de vivienda 2023 en Extremadura.

Con el objetivo de facilitar el disfrute de una vivienda o habitación, en régimen de arrendamiento, a sectores de la población con escasos recursos económicos, la Junta de Extremadura aprobó una ayuda al alquiler de vivienda que se puede solicitar desde el 15 de octubre de 2022, hasta el 16 de octubre de 2023. Esta medida se dirige a las personas mayores de edad que tienen arrendadas o ceden sus casas, y supone el abono del 50% de la mensualidad durante un máximo de cinco años. Pero para optar a esta prestación se deben cumplir una serie de requisitos.

El periodo de tiempo que se subvenciona se contará desde la primera mensualidad completa que debe ser abonada por la persona arrendataria o cesionaria, una vez vigente el contrato. No obstante, la convocatoria puede retrotraer la ayuda a mensualidades anteriores a la solicitud, aunque nunca antes del 1 de enero de 2022, tal y como se detalla en la página web de la Junta de Extremadura.

Una vez se conceda la ayuda, la cuantía no variará durante las mensualidades que se subvencionan, excepto si se disminuye el importe de la renta o el precio a pagar cada mes, por acuerdo de las partes o por cambio de domicilio. Así, el abono se realizará mediante pagos parciales y sucesivos: el primero será anticipado y comprenderá un número de mensualidades completas subvencionadas que, sumadas, sea inferior a 3.000 euros. El segundo y el resto de pagos se harán en los meses de junio y diciembre.

Requisitos para pedir la ayuda al alquiler de vivienda

Solo podrán estar entre los beneficiarios de la ayuda al alquiler de vivienda 2023 en Extremadura aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener nacionalidad española o autorización de estancia o residencia legal en España.
  • No haber sido objeto, por incumplimiento o causa imputable a las mismas, de un procedimiento de revocación de ayudas por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de entre las contempladas en los planes estatales de vivienda.
  • Que a la fecha de la solicitud hayan formalizado, como arrendatarias o cesionarias, un contrato de arrendamiento de una vivienda o una habitación, o un contrato de cesión de uso de una vivienda o habituación en Extremadura.
  • La suma de los ingresos anuales de todas las personas integrantes de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a tres veces el IPREM. En el caso del alquiler o cesión de habitación solo se considerarán las rentas de la persona arrendataria o cesionaria.
  • La suma de los ingresos anuales brutos de todas las personas que integran la unidad de convivencia debe ser igual o superior al importe del precio de arrendamiento o de cesión.
  • En la unidad de convivencia, no debe haber ninguna persona propietaria de alguna vivienda en España, tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador o cedente de la vivienda, ni ser socio o partícipe de la persona que actúe como arrendadora o cedente, excepto que se trate de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.

Qué requisitos debe cumplir la vivienda arrendada

Para poder recibir la ayuda, no solo las personas que alquilan una vivienda o habitación han de tener una serie de condiciones, sino que el propio inmueble también debe reunir los requisitos que se enumeran a continuación:

  • No formar parte de parque de viviendas de promoción pública de titularidad de la Junta de Extremadura.
  • Constituir la residencia habitual y permanente de las personas beneficiarias durante todo el periodo subvencionado.
  • El precio de arrendamiento o cesión de la vivienda o habitación debe ser igual o inferior a 600 euros mensuales –vivienda- o 300 euros mensuales -habitación-.
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