¿Se deberá declarar la ayuda de 200 euros en la próxima declaración de la Renta?

Los ciberdelincuentes aprovechan la Declaración de la Renta para estafar en España.
Nueva ayuda de 200 euros del Gobierno.
Piqsels
Los ciberdelincuentes aprovechan la Declaración de la Renta para estafar en España.

Desde este miércoles 15 de febrero y hasta el próximo 31 de marzo de 2023 se podrá solicitar la ayuda extraordinaria de 200 euros de pago único aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 27 de diciembre. Se trata de una de las medidas anunciadas por el Gobierno central para hacer frente al alza de los precios de bienes y servicios por la inflación y a las consecuencias socioeconómicas del estallido de la guerra en Ucrania. El Ejecutivo prevé que alcance a cerca de 4,2 millones de hogares en España que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, aunque deberán cumplir una serie de requisitos. 

En este sentido, podrán solicitar este cheque las personas físicas que, a fecha de 31 de diciembre de 2022, estuvieran trabajando por cuenta ajena o propia (autónomos), o que hayan sido beneficiarios de una prestación pública por desempleo o subsidio. Asimismo, las personas solicitantes deberán tener residencia habitual en España y no superar los 27.000 euros brutos anuales de ingresos, ni los 75.000 euros brutos de patrimonio, sin contar con la vivienda habitual.

¿Es una renta exenta de impuestos?

Pero, ¿se debe declarar ante Hacienda esta ayuda o está exenta? Como explican los expertos de TaxDown, "no será una renta exenta del pago de impuestos". De esta manera, la ayuda tributará "como una ganancia patrimonial" en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), por lo que se deberá incluir en la declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio de 2023, esto es, en la que realicemos en 2024.

Esta ayuda se trata de una ganancia patrimonial, y deberá incluirse como tal en la declaración anual del IRPF.

A modo de ejemplo, desde TaxDown calculan que, para una renta media de 23.500 euros brutos anuales, el importe a pagar en la declaración de la Renta el próximo año será de 30 euros, aproximadamente.

¿Quién queda excluido de la ayuda?

La Agencia Tributaria detalla que no podrán solicitar este cheque aquellas personas que reciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o que perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA.

¿Cómo se pagará y cuál es el plazo?

La solicitud de esta ayuda se tramitará directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, a través de este enlace. El pago de la cuantía se realizará directamente en la cuenta bancaria facilitada por la persona solicitante en el momento de rellenar el formulario. 

En este sentido, el organismo público dispone de tres meses para realizar el abono de la ayuda desde el último día de la finalización del plazo de solicitud, el 31 de marzo. Por tanto, el plazo para recibir la ayuda finalizará el 30 de junio. "Transcurrido el plazo sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada", añaden en TaxDown.

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