El aviso de Hacienda en pagos con dinero en efectivo: las multas pueden llegar hasta 2.500 euros

Imagen de archivo de una persona sosteniendo 75 euros.
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Imagen de archivo de una persona sosteniendo 75 euros.

Pese al gran avance en estos últimos años del pago con tarjeta bancaria, los pagos en efectivo todavía están muy presentes en la sociedad española. En el caso de las pequeñas transacciones, este método es indispensable en cualquier economía, tal y como recuerdan desde la Agencia Tributaria. Sin embargo, en lo que respecta a cuantías importantes, el pago en metálico no suele estar justificado. Es por ello que Hacienda avisa de las multas que pueden poner en estos casos y que pueden alcanzar los 2.500 euros.

En este sentido, la Agencia Tributaria recuerda que el uso de efectivo para transacciones tan grandes "es un mecanismo de sobra conocido para el blanqueo de capitales y para evitar la correcta tributación de las rentas obtenidas en la imposición directa y del IVA devengado en la indirecta".

Esa "opacidad fiscal" difícil de rastrear y que Hacienda trata de sacar a la luz es el motivo por el que se han establecido límites a los pagos en efectivo, y sanciones para aquellos que las incumplan.

Tal y como se recoge en la web de la Agencia Tributaria, no pueden pagarse en efectivo aquellas operaciones con un importe igual o superior a 1.000 euros. En el caso de las personas físicas particulares con domicilio fiscal fuera de España, esa limitación es de 10.000 euros

Este tope no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda, aclara Hacienda.

En paralelo a esta limitación se estableció también un régimen sancionador. De este modo, prosigue la Agencia Tributaria, incumplir los límites supone "una infracción administrativa grave". La base de dicha sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros, añade.

En concreto, la sanción consistirá en "una multa proporcional del 25% de la base de la sanción", lo que equivale a entre 250 y 2.500 euros de multa, como máximo

Por último, Hacienda también contempla "una reducción del 50% del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones", y no impondrá sanción alguna al "pagador o receptor que denuncie ante la Agencia Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del pago efectuado en incumplimiento de la limitación". 

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