La ley del 'solo sí es sí' lleva a la justicia a rebajar la condena a un hombre que agredió sexualmente a su hijastra menor de edad

La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 2 de noviembre de 2022, en Madrid (España).
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 2 de noviembre de 2022, en Madrid (España).
Eduardo Parra / Europa Press
La ministra de Igualdad, Irene Montero, durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados, a 2 de noviembre de 2022, en Madrid (España).
Igualdad ve "justicia machista" detrás de las rebajas de condena con la 'ley del solo sí es sí'
Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reducido de ocho a seis años de prisión la condena que impuso en 2021 a un hombre que abusó sexualmente de su hijastra de entonces 13 años. Lo hace, según indica en el auto adelantado por El Mundo, en virtud de la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí', que bajó a los seis años la pena mínima a quien realice actos de carácter sexual con un menor de 16 años, al eliminar la distinción entre abuso y agresión sexual.

El hombre fue condenado el año pasado por cometer un delito de abuso sexual con "acceso carnal vía bucal" a la hija de la que era entonces su pareja. La pena le condenaba a ocho años de prisión y a otras accesorias. Sin embargo, al entrar este octubre en vigor la nueva ley de libertad sexual -conocida como ley del 'solo sí es sí'- se ensancharon las horquillas de condenas al incluir toda en el saco de las agresiones sexuales y recogiendo, por tanto, mínimos más bajos. 

Aprovechándose de esa bajada, el condenado recurrió su sentencia hasta conseguir esta semana una reducción de dos años. Lo que sucede es que al agresor se le impuso en su momento la pena mínima (en ese entonces, de ocho años). Pero al bajarse ese tope, y según contempla el Código Penal, al reo se le puede revisar la condena a la baja, siempre y cuando se haya producido una reforma legal que resulte más favorable (en este caso, la ley de libertad sexual). Este ha sido el último caso en trascender, pero ya están saliendo a la luz otras sentencias de tribunales que rebajan las penas a condenados por agresión sexual a menores de edad a raíz de la entrada en vigor de la ley, el pasado 7 de octubre. 

La posible reducción de condenas a agresores sexuales es algo que ha generado debate desde el momento en el que el Ministerio de Igualdad anunció una de la que ha sido sus leyes estrella. A tan solo una semana de la aprobación definitiva de la ley del  'solo sí es sí', el abogado de La Manada ya avanzó que iba a intentar rebajar las penas de los condenados. No obstante, según apuntaron fuentes jurídicas a este periódico, para ese caso es mucho más complicado conseguir una disminución de la condena, ya que la pena que se le impuso a los agresores sigue estando dentro de la horquilla que se impone con la nueva ley: el Tribunal Supremo les condenó a 15 años, pero no era ni la pena mínima, ni la pena máxima. 

Lo que sucede con el caso fallado por el TSJM este noviembre es que al hombre sí que se le condenó en 2021 a la pena mínima, por lo que al entrar en vigor la ley de libertad sexual, un año después, ese mínimo dejó de serlo. 

Igualdad apunta a una interpretación errónea del juez

Fuentes del Ministerio de Igualdad aseguran que el juez que revisa la sentencia "no ha considerado" que la ley establece "las mismas penas" que la anterior (de 5 a 10 años), y que no puede rebajarse un grado, como ha hecho el tribunal de Madrid, "cuando concurre prevalimiento de una situación de superioridad, convivencia o parentesco, como es el caso".

El problema, subrayan, "no es la ley de libertad sexual", sino que apuntan a la advertencia que hizo el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), alertando de "una justicia machista" en España. "Los estereotipos pueden hacer que los jueces interpreten erróneamente las leyes o las apliquen en forma defectuosa", aseveró. 

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