Condena a un menor en Sevilla por agredir a su padre hasta "perder el conocimiento"

Imagen de archivo de la Audiencia de Sevilla.
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Europa Press
Imagen de archivo de la Audiencia de Sevilla.

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una condena previa a un menor de edad por un delito de lesiones en el ámbito familiar y un delito leve de vejaciones, cometidos al insultar y agredir a su padre, hasta el punto de hacerle "perder el conocimiento", según habría admitido el propio inculpado.

Los hechos tuvieron lugar tras "una discusión verbal" entre el hijo inculpado y su hermana, también menor de edad, el padre de ambos, "con quien convivía el menor a la fecha" de los hechos, "intervino para mediar y poner fin a discusión entre los hermanos".

Fue entonces, según el juzgado, cuando el menor "se dirigió a su padre diciéndole 'cállate, borracho, hijo deputa'", tras lo cual comenzó a "agredir a su padre con patadas y puñetazos en dos momentos distintos",  causando este diversas lesiones a su progenitor.

El hijo reconoció la agresión 

Ante los hechos, el acusado alegó en su recurso de apelación que fue un caso de "legítima defensa". Y desde la Sección Tercera de la Audiencia el acusado declaró ante la Fiscalía que no era "cierto" que insultase a su padre, aunque admitió que "seguramente le golpease en el pecho y en el cuello con patadas y puñetazos", si bien "no le metió los dedos en la boca".

En la Fiscalía, habría reconocido ser consciente de que "su padre perdió el conocimiento" a cuenta de la agresión y que después este le "echó de casa", "tras lo cual el menor "esperó fuera a que su padre se marchase.

Cuando el padre salió de la vivienda, él joven volvió al domicilio y volvieron a pelearse", alegando que "fue una pelea recíproca", "más grave", "que se produjo en el dormitorio del dicente, acabando el cuarto destrozado".

No se trata de un "mecanismo defensivo"

En una sentencia emitida el 13 de diciembre del 2021, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla trata el recurso de apelación formulado por el menor de edad, contra una sentencia del Juzgado de Menores número uno que le condena a diez meses de tareas socioeducativas, por un delito de lesiones en el ámbito familiar y un delito leve de vejaciones.

Según la sentencia inicial del Juzgado de Menores número uno de Sevilla, los hechos objeto de condena ocurrieron la tarde del 18 de octubre de 2020 en el domicilio familiar, localizado en Sevilla capital.

Dado el caso, desde la Audiencia determinan que "el propio menor reconoce implícitamente que agredió a su padre, a lo que se añade que la gravedad de las lesiones sufridas por su padre no apuntan a que obedezcan a un mecanismo defensivo, sino al contrario", pues "basta ver las fotografías aportadas".

Desestiman la apelación del menor

Por su parte el acusado aportó unas imágenes sobre "una serie de lesiones" padecidas por el mismo, "tales como arañazos y hematomas, sin fechar y datar", unas pruebas que "ni siquiera pueden asegurar que sean del propio menor".

Tales imágenes según la Audiencia, "carecen de relevancia" y añade que se "está investigándose al padre, por las lesiones sufridas por el menor". Con esto último la Audiencia de Sevilla, desestima el recurso de apelación del menor y confirma la condena impuesta por el Juzgado número uno de Menores.

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