A FONDO | ¿En qué consiste el tope del 2% a la subida del alquiler aprobado por el Gobierno? ¿A qué contratos afecta?

El precio del alquiler en Canarias sube un 1,2% en noviembre, según Fotocasa
Aprobado el tope del 2% en el alquiler, obligatorio para grandes tenedores.
20M EP
El precio del alquiler en Canarias sube un 1,2% en noviembre, según Fotocasa

Limitar la subida de los alquileres en los contratos renovados durante los próximos tres meses para proporcionar un cierto desahogo a los inquilinos. Ese es el objetivo del real decreto-ley aprobado este martes por el Gobierno, que, frente al imparable avance de la inflación, ha optado por topar este incremento al 2% cuando no haya acuerdo sobre la actualización de la renta entre las partes y, en cualquier circunstancia, en el caso de los grandes tenedores.

Esta medida evitará la aplicación del Índice de Precios al Consumo (IPC) en la actualización del alquiler, como ocurría en muchas ocasiones, al introducir como tope la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), situada en el 2%. La limitación, explica el Ejecutivo, atiende a la necesidad de que el alza de la inflación a causa de la guerra en Ucrania no se traslade a los arrendamientos y penalice a los inquilinos. Aquí todas las claves sobre la nueva norma: 

¿En qué consiste este tope a la subida del alquiler?

De acuerdo con la regulación aprobada este martes, el incremento de la renta del contrato será establecida en un nuevo pacto entre el arrendador y el propietario y, en caso de no alcanzar un acuerdo, la subida no podrá exceder el 2%, marcado por el IGC.

En el caso de que el casero sea un gran tenedor -esto es, aquella persona física o jurídica titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados con esa misma utilización-, el incremento nunca podrá ser superior al 2%

Entonces, ¿la subida puede o no estar por encima del 2%?

El incremento del precio del alquiler podrá ser superior al 2% cuando las partes así lo pacten, siempre y cuando el arrendatario no sea un gran tenedor. Para los pequeños propietarios prima el acuerdo entre el casero y el inquilino, sea cual sea, lo que les permite acordar una subida de renta por encima de ese porcentaje.

¿A qué contratos se aplica? 

El real decreto-ley aprobado por el Ejecutivo este martes se aplica a los contratos a los que corresponda su revisión anual desde la entrada en vigor del real decreto-ley este jueves hasta el 30 de junio de 2022.

Preguntadas por si los topes al alquiler tendrán efectos retroactivos, fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se limitan a señalar que la medida estará en vigor, de momento, hasta que acabe junio.

¿Cuántas personas se beneficiarán?

En España hay unos 3,5 millones de viviendas alquiladas, por lo que la medida podría afectar a unos 875.000 contratos (la cuarta parte), que son los vencerían este trimestre, en el supuesto de que se firmara el mismo número de contratos en cada uno de los cuatro trimestres del año, según el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

¿Qué es el Índice de Garantía de Competitividad?

Se trata de un índice creado en 2013 que establece una tasa de revisión de precios consistente con la recuperación de competitividad frente a la zona euro y tiene un suelo del 0% y un techo del 2%. Actualmente, la variación entre enero de 2021 y el mismo mes de 2022 se sitúa en 2,02%.

¿Por qué el 2%?

Además de ser la variación actual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que marca el tope, para el Gobierno la subida del 2% es algo "razonable, sobre todo en este país, donde el 85% son pequeños arrendadores y muchos complementan así su pensión y sus gastos personales".

¿En qué se traduce en la práctica?

Desde un punto de vista práctica, en el caso de un contrato de arrendamiento de vivienda de 600 euros, la aplicación de la nueva medida podría suponer un ahorro de más de 33 euros mensuales. Si hubiera que revisar el contrato en marzo y se aplicase el IPC de febrero (situado en el 7,6%), la renta se incrementaría en 45,60 euros al mes. Al utilizar la variación del IGC (2%), el aumento es de 12.

¿Por qué ahora?

La ministra de Agenda Urbana, Raquel Sánchez, explicó en la presentación de la norma que se trata de una medida "de carácter urgente, necesaria para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania en el ámbito de la vivienda". "Se suma a las de carácter estructural que se están llevando por este departamento, encaminadas a hacer efectivo el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada", subrayó.

¿Puede tener efectos negativos esta norma?

De acuerdo con Fotococa, la administración debería añadir "medidas adicionales para que este límite del IPC no recaiga sobre los hombros de los propietarios, sino que también se apliquen fórmulas de compensación para que no se vean afectados". Y añaden: "Si hay un ambiente desincentivador con modificaciones de la normativa continuas, es probable que prefiera el mercado de la compraventa y pueda llegar a retirar su vivienda del alquiler, lo que contraería aún más la oferta".

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