Qué pensionistas tienen que hacer la declaración de la Renta en 2021-2022

Reforma de las pensiones.
Reforma de las pensiones.
Pixabay
Reforma de las pensiones.

En menos de un mes arranca la próxima campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2021. Así, el 6 de abril de 2022 se abre el plazo para presentar la declaración de forma telemática y una de las principales dudas es si los pensionistas están exentos o no de hacer la declaración anual del IRPF. 

La pensión contributiva que otorga la Seguridad Social al acceder a la jubilación se considera como un rendimiento del trabajo, por lo que no estaría exenta de la declaración, siempre y cuando se superen los límites establecidos por la Agencia Tributaria, al igual que cualquier trabajador o trabajadora por cuenta ajena.

¿En qué casos no están exentos de hacer la declaración?

Por tanto, los pensionistas tendrán la obligación de presentar la Renta este año, salvo en determinadas excepciones. Según lo establecido en la normativa vigente, la cantidad de 22.000 euros es la mínima exenta para hacer la declaración si las rentas del trabajo provienen de un pagador, así como para las prestaciones pasivas, como las pensiones.

En este sentido, los pensionistas cuyo rendimiento capital mobiliario sea superior a 1.600 euros, deberán presentar la Renta. Lo mismo ocurre para quienes reciban una pensión en otro país y superen los 1.500 euros mensuales.

"En el caso de que las rentas procedan de dos o más pagadores, el mínimo a partir del cual habrá que presentar la declaración se reduce hasta los 14.000 euros, siempre que los ingresos procedentes del segundo y siguientes pagadores hayan sido superiores a 1.500 euros", explican en el portal Jubilación de Futuro de BBVA

También tendrían que presentar la declaración las personas que tengan un plan de pensiones y lleven a cabo un rescate parcial o total. "En el momento en que las cuantías anuales procedentes de planes de pensiones excedan esos 1.500 euros como segundo pagador, aparecerá la obligación de presentar la declaración a partir de un mínimo de 14.000 euros", añaden. 

Sin embargo, dentro de las pensiones también se detallan algunas rentas que quedarían exentas de hacer la declaración, como las siguientes: pensión de orfandad, pensión por incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez. 

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