Así será la figura de 'coordinador de bienestar' que deberán tener todos los colegios desde el curso que viene

Una profesora con mascarilla a las puertas de un colegio en Barcelona, Cataluña (España).
Una profesora con mascarilla a las puertas de un colegio en Barcelona, Cataluña (España).
Europa Press
Una profesora con mascarilla a las puertas de un colegio en Barcelona, Cataluña (España).

Desde el próximo curso, los colegios contarán en sus instalaciones con una nueva figura, la de 'coordinador de bienestar infantil', cuyas funciones irán destinadas a prevenir y proteger a los estudiantes frente a la violencia escolar. 

Se trata de una medida que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ya definió en la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI) aprobada en el mes de junio. Pero no fue hasta la reunión de la Conferencia Sectorial que se celebró este martes, cuando el departamento dirigido por Ione Belarra acordó con las comunidades autónomas la hoja de ruta de aplicación de la nueva norma y, por tanto, de la creación de esta nueva figura. 

"Deben ser la pieza que se encargue de que se implementen los planes y protocolos en el ámbito educativo, en el ocio y el deporte, de escuchar a los menores y sus avisos sobre cualquier tipo de violencia, y de comunicar las situaciones de riesgo", aseveró Belarra durante su intervención. 

De hecho, habrá dos tipos de profesionales distintos dedicados a la protección de los menores: uno para los centros educativos, y otro para el ámbito del deporte y del ocio, que recibirá el nombre de 'delegado de protección'. 

¿De qué se encargará la figura de coordinador de bienestar?

Serán las administraciones de cada territorio las que determinen las funciones que deba desempeñar dicho coordinador. También serán las que decidan si nombrarán coordinador o coordinadora a alguien de la plantilla ya existente o contrataran a un nuevo profesional para que ejerza esa función. 

Eso sí, tendrán que partir de los mínimos enumerados en la ley:

  • Promover planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los menores, dirigidos tanto al personal -prioritariamente- como al alumnado, para detectar y responder a situaciones de violencia. También, en coordinación con el AMPA, se ofrecerá la formación a los padres y madres. 
  • Coordinar los casos en los que se tenga que intervenir por parte de los servicios sociales, informando incluso a las autoridades en caso de considerarse necesario. 
  • Identificarse ante la comunidad educativa como referente principal para cualquier asunto que quieran comunicar sobre posibles casos de violencia en el centro. 
  • Promover medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y
    adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos.
  • Impulsar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos
    alternativos
    de resolución pacífica de conflictos.
  • Informar al personal del centro sobre los protocolos en materia de prevención y protección de cualquier forma de violencia existentes en su localidad o comunidad autónoma.
  • Fomentar el respeto a los alumnos y alumnas con discapacidad o cualquier otra circunstancia de especial vulnerabilidad o diversidad.
  • Promover, en aquellas situaciones que supongan un riesgo para los menores o que puedan implicar un tratamiento ilícito de datos personales la comunicación inmediata por parte del centro educativo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • Fomentar que en el centro educativo se lleva a cabo una alimentación saludable y nutritiva.

¿Y el delegado de protección?

Su función principal será la de velar también por el bienestar de los menores que acuden a centro, que en este caso es deportivo o de ocio. Será, en definitiva, una figura para que los niños, niñas y adolescentes "puedan acudir para expresar sus inquietudes", según reza la norma.

El delegado se encargará de la "difusión y el cumplimiento de los protocolos establecidos", así como de "iniciar las comunicaciones pertinentes" cuando detecte una situación de violencia sobre la infancia o la adolescencia.

¿Dónde estarán estas figuras?

El texto al que ha tenido acceso 20minutos y en el que se recogen los puntos consensuados con las comunidades autónomas establece que "todos" los centros educativos, sean públicos, privados o concertados, deberán contar con un coordinador de bienestar y protección. Además, estarán supervisados por el director del colegio.

En el caso del delegado o delegada de protección, deberán ser designados por todas aquellas entidades que realicen de forma habitual actividades deportivas o de ocio con personas menores de edad. 

¿Cuándo se implementarán en los colegios?

El acuerdo con las comunidades autónomas establece que, tanto la figura de coordinador del bienestar infantil como la de delegado de protección deberán encontrarse "plenamente operativas" en septiembre de 2022. 

Previamente, en abril de 2022, la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia habrá hecho un análisis del grado de articulación y desarrollo de dichas figuras. 

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