Ley de vivienda: ¿qué se considera una vivienda vacía?

Extremadura ve "instrumentos útiles" en la Ley de Vivienda estatal aunque aún no sufre zonas "tensionadas" de alquiler
Sánchez anuncia medidas en materia de vivienda tras el acuerdo con Unidas Podemos.
20M EP
Extremadura ve "instrumentos útiles" en la Ley de Vivienda estatal aunque aún no sufre zonas "tensionadas" de alquiler

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este martes algunas de las nuevas medidas que se pondrán en marcha con la Ley de Vivienda tras alcanzar un acuerdo con Unidas Podemos. Así, uno de los proyectos estrella es el bono de ayuda para jóvenes dotado con 250 euros mensuales para facilitar el alquiler.

"Estamos hablando de una recuperación económica justa y ello implica facilitar el acceso a la vivienda, especialmente a aquellos más vulnerables ante la precariedad como son, por desgracia, nuestros jóvenes", ha subrayado Sánchez.

Por otro lado, se plantean la congelación de precios en determinadas zonas tensionadas, un aumento del parque público de viviendas o la penalización a los propietarios de inmuebles vacíos con recargos tributarios, entre otras medidas.

¿Qué condiciones tiene que cumplir?

En este sentido, la normativa penalizará a los propietarios que tengan pisos vacíos mediante un recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de hasta un 150%, aunque faltan por conocer más detalles al respecto. ¿Qué se considera entonces un piso vacío? ¿Qué condiciones tiene que cumplir?

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), una vivienda vacía es aquella "que no es la residencia habitual de ninguna persona ni es utilizada de forma estacional, periódica o esporádica por nadie. Se trata de viviendas deshabitadas". No obstante, no es un concepto definido en ninguna normativa en materia de vivienda.

Por ello, el PSOE señalaba en su última propuesta sobre este asunto que una vivienda se consideraría vacía si llevaba, al menos, dos años sin utilizarse. Además, el propietario debía tener, al menos, cuatro viviendas. Según el borrador, quedarían fuera de este tipo de penalización los propietarios que tengan una vivienda vacía por un traslado temporal o porque hayan cambiado de inmueble por motivos de salud o realización de obras.

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