La Justicia autoriza otra prórroga del toque de queda selectivo en Navarra para municipios en fiestas y con mucho covid

  • El tribunal recalca que la medida es “proporcionada” porque se adopta por tiempo imprescindible para reducir contagios.
Entra en vigor en Navarra el toque de queda para fines de semana y días de fiestas suspendidas
Toque de queda para fines de semana y días de fiestas suspendidas
Eduardo Sanz Nieto
Entra en vigor en Navarra el toque de queda para fines de semana y días de fiestas suspendidas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha estimado la solicitud del Gobierno foral y ha autorizado la prórroga una semana más, hasta el 26 de agosto, del toque de queda selectivo entre la 1 y las 6 horas, al considerar que es una medida "necesaria" y "proporcionada" a la vista de los datos de contagios.

Esta medida se aplicará en municipios en situación de riesgo extremo por la covid-19 durante los fines de semana, en festivos y en las fechas (incluidas las vísperas) en las que hubiera correspondido celebrar las fiestas patronales.

En su informe, el Ministerio Fiscal no se ha opuesto a la autorización de la prórroga al considerar que son “medidas necesarias para salvaguardar la salud pública de las personas”, informa el TSJN.

En el auto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo reitera la necesidad de las restricciones a la movilidad nocturna en los términos acordados.

“Tal medida continúa siendo necesaria, a la vista de los datos de contagios, para proteger la salud de las personas, vacunadas y no vacunadas", sostiene.

En ese sentido, alude al informe del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra en el que se indica que "la incidencia acumulada a los 7 días es 213,8 casos por 100.000 habitantes respectivamente, que indica un cambio en la tendencia, ahora ligeramente decreciente, aunque todavía con niveles de riesgo extremos o muy altos".

La positividad va disminuyendo lentamente y, según el auto, se sitúa en el 12 %, con 14 % en los test rápidos de antígenos y un 11,1 % en PCR, “en un nivel de riesgo alto, muy por encima del 5 % deseable” que se tenía previo al inicio de esta oleada.

De igual forma, el Tribunal recalca, como en las resoluciones anteriores a esta prórroga, que la medida se considera “proporcionada” porque se adopta en el mínimo imprescindible para reducir la cadena de contagios, toda vez que no impide la movilidad de forma absoluta, ya que existen varias excepciones a dicha limitación y no se extiende a toda la comunidad sino que es aplicable únicamente en los municipios en riesgo y no se aplica todos los días de la semana.

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