El Gobierno aprueba la 'ley rider' y los repartidores dejarán de ser autónomos: "Un joven en bici no es un emprendedor"

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una imagen de archivo.
La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
EFE
La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una imagen de archivo.

El Consejo de Ministros aprobó este martes la denominada 'ley rider', impulsada por el Ministerio de Trabajo que dirige Yolanda Díaz. La medida implica que los repartidores de plataformas digitales pasarán a tener, por defecto, una relación laboral con esas compañías. Es decir, que serán empleados y no autónomos, como hasta ahora.

En palabras de la vicepresidenta, la nueva regulación "protege a los más vulnerables", especialmente a los jóvenes. "Es el momento de impulsar los vientos de cambio y de propiciar la mejora del bienestar en nuestro país", dijo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde expresó su "enorme satisfacción" y afirmó que esta norma sitúa a España a la vanguardia, porque "ningún país" ha legislado en esta materia: "Somos pioneros y me consta que Europa nos está mirando".

La vicepresidenta también agradeció el acuerdo que se alcanzó el pasado 10 de marzo con empresarios y sindicatos en torno a esta regulación, e insistió en la importancia de que los repartidores dejen de ser autónomos, porque "un joven en bicicleta con una 'app' no es un emprendedor", dado que no tiene "ningún margen de autonomía" sobre sus condiciones de trabajo.

Díaz pide "cumplir las normas"

Esta norma llega al Consejo de Ministros tras meses de negociaciones y de un tira y afloja entre las partes. La ley beneficiará a los 18.000 riders que hay ahora mismo en España, según el Ministerio de Trabajo, aunque la patronal de las empresas de reparto eleva la cifra hasta los 30.000. No todos los rides están a favor de esta norma: algunos la rechazan y se manifestaron este martes en varias ciudades, ya que sostienen que la norma "va a dejar a 15.000 trabajadores sin empleo".

A lo largo de la negociación, el Ministerio rebajó sus expectativas para esta ley, pues quería que se ampliase a otros sectores más allá de empresas como Glovo o Deliveroo. La CEOE, a pesar de sus reticencias iniciales, acabó aceptando la norma, pero Glovo, por su parte, abandonó la patronal, a la que acusó de "darles la espalda" en la negociación y cree que la ley es "precipitada, imprecisa y no dialogada".

En respuesta a esas críticas, la vicepresidenta dijo que, al igual que "los trabajadores no deben temer a los cambios tecnológicos", las empresas "no deben temer a los derechos laborales". Además, argumentó que la "mayor parte" de las compañías que emplean servicios de reparto "cumplen las normas", por lo que la existencia de plataformas que recurren a otros modelos podría implicar, si se analizase en términos de derecho mercantil, un supuesto de competencia desleal.

"Ni debe haber competencia desleal ni debe existir temor", recalcó Díaz, quien instó a todos los actores económicos a "cumplir con las normas vigentes en nuestro país". El pasado septiembre, el Tribunal Supremo reconoció por primera que la relación entre un repartidor y Glovo tenía naturaleza laboral, y avalo un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que consideró como falso autónomo a un exrepartidor despedido en 2017 tras dos años de servicio, al tiempo que obligó a su readmisión o a indemnizarlo.

El Supremo entendió que la plataforma no es un mero intermediario entre el repartidor y el cliente final, sino una empresa que presta servicios de mensajería y que tiene capacidad para fijar las condiciones esenciales para la prestación del servicio. Entre otras características definitorias de una relación laboral, los magistrados apreciaron que, en el caso de los riders, los trabajadores no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, sino que prestan su servicio "insertados" en la organización de trabajo del empleador.

Las novedades de la ley

El principal cambio es que los repartidores tendrán "presunción de laboralidad", es decir, que pasarán a ser asalariados de las plataformas salvo que se demuestre que son realmente autónomos. Ello implica un aumento de derechos en materia de organización, sindicación, cotizaciones y protección social.

Pero la medida aprobada por el Gobierno implica más novedades: así, los representantes de los trabajadores podrán acceder a las 'tripas' de los algoritmos, las fórmulas matemáticas en las que se basan las aplicaciones informáticas y que, en determinadas ocasiones, podrían influir en las decisiones laborales y en la elaboración de perfiles de los trabajadores (por ejemplo, podrían determinar que un trabajador con mejor valoración por parte de los clientes reciba más pedidos).

En palabras de la vicepresidenta, “todo el mundo tiene derecho a saber las razones de las decisiones que le afectan", por lo que no se "pueden automatizar" a través de un algoritmo "sin dar explicaciones al trabajador o la trabajadora". "Han de saber lo que esconde el algoritmo, porque detrás de un algoritmo hay una decisión”, insistió Díaz. El Ministerio de Trabajo, además, ha decidido poner en marcha un grupo de expertos que estudiará el impacto digital y de los algoritmos en las relaciones laborales, y que emitirá recomendaciones "para gobernar el cambio tecnológico en favor de la mayoría social"

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