Una agravante de género incrementa la condena por el homicidio de un varón

  • Ha ocurrido en Gipuzkoa y al autor de la agresión se le ha impuesto una pena de casi 13 años.
Imagen del juicio con tribunal de jurado por el homicidio de Asier Niebla
Imagen del juicio con tribunal de jurado por el homicidio de Asier Niebla
EUROPA PRESS
Imagen del juicio con tribunal de jurado por el homicidio de Asier Niebla

La agravante de género, admitida de manera novedosa por un jurado en su veredicto de homicidio contra un acusado de matar en Gipuzkoa a un joven que hablaba con su exnovia, ha supuesto una condena de casi 13 años de cárcel para el procesado, lo que plantea el debate sobre la posibilidad de que los hombres puedan ser considerados víctimas de la violencia machista.

La víctima, Asier Niebla, falleció el 11 de octubre de 2018, tras permanecer dos meses en estado de coma en el Hospital Donostia, donde había sido ingresado el 12 de agosto de 2018 con un fuerte golpe en la parte posterior de la cabeza.

El incidente se produjo la madrugada de aquel día, la primera jornada de las fiestas de la Semana Grande donostiarra, cuando Niebla se encontraba charlando con una chica en el exterior de un bar de la Calle Perujuantxo de la Parte Vieja y fue golpeado por el exnovio de la joven, tras lo que cayó al suelo.

Su caso se situó el pasado noviembre en el centro de la opinión pública después de que el Ayuntamiento de Urnieta (Gipuzkoa), de donde era natural, suscribiera una propuesta de modificación legal para que su vecino y el resto de varones puedan ser considerados víctimas de la violencia machista, al igual que las féminas.

Esta iniciativa fue contestada por colectivos feministas que consideraron "intolerable" que una institución pública como el Consistorio crease "un debate ficticio al mezclar conceptos y confundir a la ciudadanía" con su propuesta.

No obstante, el tribunal del jurado que enjuició el asunto en la Audiencia de Gipuzkoa el pasado diciembre reconoció la agravante de género en el caso, como demandaban las acusaciones popular, que ejercía la familia del fallecido, y popular, en representación del Ayuntamiento de Urnieta.

Agravante de género

Ahora, en esta misma línea, la sentencia recoge que "el motivo único y exclusivo de la agresión fue que Asier Niebla se relacionaba con la expareja sentimental del agresor momentos antes de ser agredido, independientemente de que el contacto" entre la chica y el fallecido "derivara o no de una relación previa que ya se había iniciado entre ambos".

"De esta forma, mató a Asier Niebla convirtiéndolo en víctima por razones de género del dominio ejercido contra su exnovia", zanja el texto judicial.

La sentencia justifica, por otra parte, la aplicación de la agravante de género "en el contexto íntegro" en el que actuó el acusado para "acabar con la vida" de su víctima, "en cuanto que varón que se relacionaba" con una mujer que el procesado creía que "le seguía perteneciendo" y que, "por razón de su género, carecía de libertad de elección en materia afectivo-sexual".

La sentencia recoge, además, que el imputado llevó a cabo la agresión "conociendo" y "aceptando" la "alta probabilidad de que al actuar de esta manera creaba un riesgo importante para la vida de Asier".

Doce años y once meses de prisión

Por estos motivos, la resolución impone al procesado una pena de doce años y once meses de prisión como responsable de un delito de homicidio con la agravante de género y le obliga a compensar a los familiares de la víctima con una suma total de 280.000 euros.

No obstante, la sentencia aún no es firme porque puede ser recurrida aún en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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