Tribunales.-Condenan al Consistorio por contratar vigilancia privada en la huelga municipal de 2018, según CCOO

Después de que recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmase una sentencia que anula el decreto de servicios mínimos de los funcionarios del Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por el socialista Juan Espadas, correspondiente la huelga convocada el 5 de noviembre de 2018 en los servicios municipales, por "por falta absoluta de motivación" y "vulneración de los derechos de libertad sindical", CCOO ha informado este jueves de una sentencia adicional que condena también al Consistorio por "vulneración" del derecho a la huelga al recurrir a vigilancia privada para sustituir a empleados aquella jornada.
CCOO hace pública la sentencia
CCOO hace pública la sentencia
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CCOO hace pública la sentencia

Esta sentencia del Juzgado de lo Social número siete gira en torno a la convocatoria de huelga promovida para el 5 de noviembre de 2018 por CCOO, CSIF, UGT y el Sindicato de Empleados Municipales (SEM) en los servicios del Ayuntamiento de Sevilla, en demanda del cumplimiento íntegro de los 44 aspectos del pacto alcanzado a finales de junio de 2016 entre el Gobierno local y los sindicatos del Consistorio, la reversión de las contrataciones de empresas externas en servicios como los de Parques y Jardines o Mantenimiento de Edificios Municipales, la consolidación de las plantillas de los servicios sociales o la cobertura de las plazas vacantes.

Aquella jornada, el presidente del comité de empresa del Consistorio, Manuel Loza (CCOO), manifestaba a Europa Press que el Ayuntamiento habría contratado "seguridad privada" para ese día, al objeto de asegurar la apertura de los centros cívicos pese a la convocatoria de huelga, exponiendo que incluso la concejal responsable de los mismos, Adela Castaño, se habría encargado "personalmente" de abrir algunas de estas instalaciones.

Tras las correspondientes acciones judiciales, Loza y la secretaria general del Sindicato Provincial de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Sevilla, Mari Paz Vargas, han anunciado este jueves que el Juzgado de lo Social número siete ha estimado la demanda interpuesta por el sindicato y ha condenado al Consistorio de la capital andaluza por "vulnerar el derecho a huelga al utilizar vigilantes de seguridad para sustituir a trabajadores huelguistas".

La sentencia condena al Consistorio hispalense "a que cese en el citado comportamiento -vulneración del derecho a huelga-, y al pago de 6.251 euros en concepto de daños y perjuicios derivados de la citada vulneración", según los sindicalistas.

Según CCOO, "la sentencia protege un derecho fundamental para todas y todos que fue muy difícil de conquistar y que tenemos que luchar por que no sea vulnerado", pero al mismo tiempo "es muy triste que el Ayuntamiento intentara paralizar una huelga que se estaba desarrollando libremente, con normalidad y de forma completamente pacífica".

Ante el contenido de la sentencia, la Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Sevilla va a dirigir una carta al alcalde, Juan Espadas, "pidiendo responsabilidad ante las implicaciones de la condena, porque ha quedado acreditado que se vulneró el derecho a huelga en un día para protestar en libertad, algo que sorprende en pleno siglo XXI", como ha manifestado Manuel Loza.

El coordinador local de IU y concejal de Adelante, Daniel González Rojas, ha reclamado de su lado al Gobierno local que "tome nota de esta sentencia, pida disculpas a toda la plantilla municipal y depure responsabilidades", señalando que "hacer de esquirol es tremendamente grave si, además, se presume de ser de izquierdas".

Según indica, la sentencia declara probado que el centro cívico de Torreblanca fue abierto durante aquella jornada de huelga por dos vigilantes de seguridad de una empresa privada siguiendo las instrucciones de la concejal socialista Adela Castaño, que además estuvo presente en el acto, "vulnerándose lo dispuesto en cuanto a servicios mínimos y el derecho a huelga".

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