Díaz prevé obligar a las plataformas de 'delivery' a registrar en Trabajo convenio y cifra de empleados para poder operar

  • La propuesta de Trabajo de Ley 'rider' se extiende también a las plataformas que prestan servicios en el hogar familiar.
  • Deberá publicarse el algoritmo con el que organizan el trabajo de los repartidores, los sistemas de reputación y a quién se aplican.
  • El Ministerio vuelve a reunirse este jueves con patronal y sindicatos en la negociación de la Ley 'rider'.
Un 'rider' de la compañía de comida a domicilio, Glovo, circula con su bicicleta por una calle de Madrid.
Un 'rider' de la compañía de comida a domicilio, Glovo, circula con su bicicleta por una calle de Madrid.
Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
Un 'rider' de la compañía de comida a domicilio, Glovo, circula con su bicicleta por una calle de Madrid.

Las plataformas de 'delivery' como Glovo o Deliveroo deberán registrase en un Registro de Plataformas Digitales del Ministerio de Trabajo para poder operar y en él tendrán que aportar datos sobre su actividad, la organización del trabajo, describir de sus diferentes puestos de trabajo, facilitar el número de empleados o el algoritmo que aplica en la organización de su actividad, así como de qué manera y a qué trabajadores se aplica sistemas de reputación, mediante el que su actividad es puntuada por los consumidores. La omisión será considerada una "infracción muy grave" multadas por ley con entre 6.000 y 187.000 euros, en su grado máximo.

Esta obligación figura en la contrapropuesta que el Ministerio de Trabajo ha presentado a los agentes sociales  en base a sus aportaciones previas, a la que ha tenido acceso 20 Minutos y con la que este jueves continuará la negociación para acordar los términos de la llamada nueva Ley 'rider'

La norma busca establecer relaciones de laboralidad entre las plataformas digitales de reparto de comida a domicilio y los repartidores, los denominados 'riders' pero también se aplicará en la regulación de las relaciones laborales del servicio del hogar familiar. 

Según el documento, en el momento en el que se apruebe una Ley 'rider' que todavía negocian el Gobierno, patronal y sindicatos el Ministerio tendrá dos meses para crear un registro en el que deberán inscribirse las plataformas de 'delivery' para poder "funcionar". Se trata de "un requisito previo e indispensable a la iniciación o continuación de sus actividades". 

El texto se dirige en concreto a aquellas que "funcionen o quieran funcionar coordinando transacciones mediante el uso de algoritmos".

Valoración de los 'riders'

El registro será de acceso público y las empresas 'delivery' no solo deberán volcar en él los datos relativos a cómo evalúan los clientes a sus trabajadores. Según la propuesta de Trabajo que ya ha recibido aportaciones de los agentes sociales, también la representación legal de los trabajadores tendrá acceso a información "clara, exhaustiva y con carácter trimestral" sobre "parámetros y reglas de toma de decisión en los que se basan los algoritmos utilizados por la empresa que puedan incidir directa o indirectamente en las condiciones de trabajo y de acceso y mantenimiento del empleo". 

Además, la contrapropuesta de Trabajo deja claro a qué tipo de empresas se refiere la futura ley: "Servicios de intermediación en línea a través de plataformas, aplicaciones u otros medios tecnológicos, informáticos o digitales" que "ejerciten mediante la gestión algorítmica" la "organización, dirección y control de la actividad laboral", fijando así "de forma implícita" e "indirecta" las condiciones de trabajo.

La propuesta legal de Trabajo "presume existente una relación laboral" con las personas contratadas por estos proveedores de servicios.

Observatorio de Plataformas

Por otra parte, la propuesta del Gobierno contempla también la creación de un Observatorio de Plataformas Digital, un órgano colegiado donde estarán representados también patronal y sindicatos, que será informado mensualmente de los datos que se obtengan en el Registro de Plataformas Digitales.

Será un órgano consultivo cuya composición, forma de designar a sus miembros y competencias se regulará mediante Orden Ministerial.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento