La Guardia Civil interviene en el mercadillo de Nájera 861 prendas de ropa interior de marcas falsificadas

La Guardia Civil en La Rioja, en el marco de las inspecciones que asiduamente realiza por mercadillos y establecimientos comerciales de toda la provincia, para detectar la venta de ropa falsificada u otros artículos de ilícita procedencia, ha procedido a la intervención de 861prendas de ropa interior masculina falsas de las marcas Adidas, Calvin Klein, Diésel, Lacoste, Puma, Quiksilver, Tommy Hilfiger y Versace.
La Guardia Civil interviene 861 prendas de ropa interior falsificadas
La Guardia Civil interviene 861 prendas de ropa interior falsificadas
GUARDIA CIVIL LA RIOJA
La Guardia Civil interviene 861 prendas de ropa interior falsificadas

En esta ocasión, agentes del Grupo de inspecciones fiscales procedieron a verificar los puestos establecidos en el mercadillo de Nájera, detectando en uno de ellos la venta al público de ropa interior de prestigiosas firmas comerciales, a un precio muy inferior al de las tiendas especializadas en este tipo de prendas.

Así, se procedió a la identificación del vendedor, un varón de 25 años y de nacionalidad española, que se enfrenta a un presunto delito contra la propiedad industrial por la venta de ropa falsificada.

Acto seguido, se procedió a inspeccionar todos los artículos que tenía expuestos, comprobándose que la gran mayoría de ellos ofrecía serias dudas razonables sobre su autenticidad, no pudiendo aportar el implicado los preceptivos albaranes o facturas que acreditasen su lícita procedencia y tenencia.

Por ello, el equipo de inspección procedió a la incautación de todas las prendas no justificadas ni avaladas mediante documentación, estimando el perjuicio económico generado a las ocho firmas afectadas en 24.969 euros, según su valor en original y venta directa en tienda. Todas las prendas intervenidas han sido puestas a disposición de las marcas para su peritaje.

El artículo 273 del Código Penal castiga con penas de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses el que, con fines industriales o comerciales, sin consentimiento del titular de una patente o modelo de utilidad y con conocimiento de su registro, fabrique, importe, posea, utilice, ofrezca o introduzca en el comercio objetos amparados por tales derechos.

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