Todas las restricciones sociales y sobre bares y restaurantes aplicadas por Madrid desde este fin de semana

Dos camareros trabajan en una de las terrazas ubicadas en el Paseo del Prado, vía peatonalizada durante este fin de semana, en Madrid
Dos camareros trabajan en una de las terrazas ubicadas en el Paseo del Prado, Madrid
EP
Dos camareros trabajan en una de las terrazas ubicadas en el Paseo del Prado, vía peatonalizada durante este fin de semana, en Madrid
Dos camareros trabajan en una de las terrazas ubicadas en el Paseo del Prado, Madrid.
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La Comunidad de Madrid ha anunciado este viernes la prohibición de celebrar reuniones sociales, tanto en espacios públicos como privados, entre las 00.00 horas y las 06.00 horas. El Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha avanzado que este tipo de encuentros estarán limitados a convivientes durante este periodo de tiempo.

Dentro de estas horas no podrán producirse encuentros entre personas no convivientes ni podrán abrir establecimientos a no ser que se trate de servicios esenciales, ha especificado Escudero.

Además de esta medida, se mantendrá en seis el máximo de personas en las reuniones y se reducirán los horarios y aforos de los distintos establecimientos y servicios.

En cuanto a la hostelería, se suspende el servicio en barra y se reduce el aforo al 50% en el interior y el 70% en las terrazas. Este aforo será el mismo en instalaciones deportivas y gimnasios, cines y teatros, funerarias y establecimientos y juegos de apuestas. También respetarán el horario del toque de queda, ya que ninguno de estos establecimientos podrá permanecer abiertos entre las 00.00 horas y las 6.00 horas. En el caso de los bares y restaurantes, no podrán admitir clientes desde las 23.00 horas y los locales comerciales tendrán que cerrar a las 22.00 horas.

Sin embargo, con esta medida se amplía en una hora el horario de la hostelería ya que con el decreto de estado de alarma los bares y restaurantes estaban obligados a cerrar a las 23.00 horas y no podían admitir clientes desde las 22.00 horas. También supone una ampliación en el aforo de las terrazas fijado en el 60% durante el toque de queda. De esta forma, la Comunidad atiende a la petición de dirigentes como el alcalde madrileño, José Luis Martínez Almeida, que pedía que un toque de queda no afectara a la hostelería. Con esos horarios les amplía el margen de apertura una hora.

Restricciones por zonas de salud

El consejero de Sanidad también ha anunciado que las restricciones más duras volverán a aplicarse a partir del lunes por zonas de salud y no por municipios como durante el estado de alarma decretado por el Gobierno. De esta forma, se podrá llevar a cabo un mayor control de la movilidad y evitar la entrada y salida de esas zonas sanitarias que estén en peor situación epidemiológica salvo por causas justificadas. 

Estas medidas afectan a un total de 32 zonas básicas de salud, que se recogen en una nueva orden de la Consejería de Sanidad. Además de la restricción de entrada y salida, la circulación por carretera que transcurra o atraviese estas zonas estará permitida en el caso que tenga origen y destino fuera del mismo. Se permiten la circulación de personas residentes dentro de estos ámbitos territoriales "siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva".

Además, compartirán algunas de las medidas generales como la relativa a bares y restaurantes. Los establecimientos comerciales no podrán superar el 50% del aforo permitido y tendrán como hora de cierre las 22 horas. Esto no se aplicará a los establecimientos esenciales, como los médicos y farmacéuticos.

La asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y deberá garantizar en todo caso la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros así como el uso de mascarilla. La asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire o 10 en espacios cerrados, "sean o no sean convivientes".

La actividad que se realiza en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50% y podrá realizarse deporte en instalaciones interiores, al 50% del aforo, y en exteriores, del 60%.

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