El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha decretado restricciones de movilidad en 37 zonas sanitarias. A partir del día 21, y con una duración del menos 14 días, los vecinos de estas áreas tienen limitada la entrada y salida, con algunas excepciones. Éstas son:
Sí se podrá entrar o salir por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.
La circulación por carretera que transcurra o atraviese estas zonas está permitida "en el caso de que tenga origen y destino fuera", dijo el consejero de Sanidad Ruiz Escudero, y también se permite la circulación por la vía pública de los residentes dentro de ese perímetro, respetando las medidas de protección.
"Si bien, esto es una recomendación, se desaconseja a la población los desplazamientos y la realización de actividades no imprescindibles", ha añadido Escudero.
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