Nuevas medidas en Madrid: ¿se puede compartir cachimba? ¿Y si estoy en una terraza?

Varios jóvenes se reúnen en grupos en torno a las mesas de una terraza en Madrid.
Varios jóvenes se reúnen en grupos en torno a las mesas de una terraza en Madrid.
Jorge París
Varios jóvenes se reúnen en grupos en torno a las mesas de una terraza en Madrid.

Las nuevas medidas y restricciones en la Comunidad de Madrid para hacer frente a la pandemia tras el aumento de contagios diarios entraron en vigor el pasado jueves 30 de julio. Así, la mascarilla finalmente es obligatoria en cualquier espacio público abierto o cerrado, aunque se pueda mantener la distancia física de seguridad interpersonal. 

En lo que respecta a la hostelería y al ocio nocturno, los establecimientos deberán cerrar a las 01.30 horas y no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 01.00 horas. Por otra parte, se limita la afluencia de personas a un máximo de 10 en torno a una o varias mesas. 

Prohibición del uso compartido de cachimbas en terrazas

Otra de las medidas contempladas en la Orden 920/2020, de 28 de julio, de la Consejería de Sanidad publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) es la prohibición del uso compartido de cachimbas y otros productos similares en el interior y en las terrazas. 

De esta manera, subraya la normativa, "no se permite, por motivos sanitarios, el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados, tanto en el exterior como en el interior de cualquier tipo de establecimiento abierto al público". 

Si se trata de un uso individual, el local deberá "establecer medidas preventivas adicionales para su limpieza y desinfección entre un cliente y otro". Los accesorios como la boquilla o la manguera tienen que ser de un solo uso y entregarse al cliente en el embalaje original. Además, después de cada limpieza "los dispositivos quedarán reservados en un lugar específico destinado para ello que se encuentre apartado de zonas de trabajo y del tránsito de personas", añade la orden. 

Las personas consumidoras de estos dispositivos tendrán que respetar las medidas de distanciamiento físico "durante el acto de fumar". Del mismo modo, las personas fumadoras tendrán que respetar esta distancia de, al menos, 1.5 metros.

Recomendaciones de las autoridades sanitarias

Hace unas semanas, el Ministerio de Sanidad publicaba una recomendación para evitar el consumo de tabaco y productos relacionados en establecimientos de hostelería mientras dure la pandemia. Se sumaba de esta manera a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al alertar del riesgo asegurando que "ciertos artefactos usados para fumar, como las pipas de agua, suelen conllevar el uso compartido de boquillas y mangueras, lo que puede facilitar la transmisión de la Covid-19 en ambientes comunitarios y sociales". 

Por ello, desde Sanidad han insistido en observar medidas especiales de higiene en relación al consumo de productos del tabaco o derivados durante la emergencia sanitaria y evitar su consumo en espacios de hostelería. "De esta manera específica, se debe eliminar el uso compartido de las pipas de agua, en aplicación de lo establecido en las respectivas órdenes ministeriales del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad", subraya el documento.

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