Qué se puede hacer y qué no desde en Madrid con la llegada de la 'nueva normalidad'

Imagen de la Gran Vía madrileña esta semana.
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Jorge Paris
Imagen de la Gran Vía madrileña esta semana.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado este sábado la orden de la Consejería de Sanidad que establece las medidas para la llamada 'nueva normalidad' anunciadas este viernes por el Gobierno autonómico y que entrarán en vigor a las 0:00 horas de este domingo 21 de junio, cuando decaiga el estado de alarma que se decretó el 14 de marzo.

La disposición se extiende a lo largo de 43 páginas en las que se detallan las medidas que regirán por sectores de actividad en cada una de las dos fases de 14 días que se han establecido. La primera irá del 21 de junio al 5 de julio y la segunda del día 6 al 21 de julio.

Como durante la desescalada, se deben observar las medidas higiénicas generales, como son la distancia de seguridad de 1,5 metros, el lavado frecuente de manos y el uso obligatorio de mascarilla. Los trabajadores deben tener permanentemente a su disposición agua y jabón, o geles hidroalcohólicos o desinfectantes.

Como medida de seguridad sanitaria también se promueve el pago con tarjeta de crédito y el establecimiento de itinerarios de sentido único en comercios y locales para evitar las aglomeraciones.

A continuación, desgranamos algunas de las medidas que recoge la orden y que responden a la pregunta que este sábado se hacen muchos madrileños: ¿Qué se podrá hacer y qué no desde este domingo en la comunidad?

Aforos limitados

En la primera fase, estará permitido un 60% de aforo en los siguientes establecimientos:

- Locales comerciales y establecimientos minoristas, centros y parques comerciales con independencia de su superficie.

- Bibliotecas, archivos, monumentos y museos (se permiten visitas guiadas de un máximo de 25 personas, incluido el guía).

- Cines, teatros y auditorios.

- Instalaciones deportivas cubiertas.

- Establecimientos de apuestas y juego.

- Autoescuelas, academias y formación no reglada.

- Ferias, congresos y eventos.

- Alojamientos turísticos.

- Parques de atracciones, acuarios y zoológicos.

- Plazas de toros.

Bares y restaurantes

En el interior de bares y restaurantes el aforo será del 60% del 21 de junio al 5 de julio y del 80% en sus terrazas. A partir del 6 de julio, el aforo permitido en el interior pasa a ser del 75% y del 100% en las terrazas. La distancia de 1,5 metros entre clientes se tendrá que seguir observando.

Discotecas y bares de ocio nocturno

Estos establecimientos permanecerán cerrados hasta el 5 de julio. Cuando abran, lo harán con unas condiciones que deberá establecer en los próximos días la dirección general de Salud Pública de la Comunidad. 

Educación 

Los centros del primer ciclo de Educación Infantil están habilitados para abrir sus puertas el 1 de julio. La asistencia es voluntaria y tendrán preferencia los alumnos cuyos progenitores deban trabajar fuera de su domicilio.

La Consejería de Educación trabaja ya en un protocolo de prevención y organización de cara al próximo curso. En los niveles superiores, y antes de que termine el periodo de matriculación de las universidades, se aprobarán los planes de actuación en estos ámbitos.

Centros sociosanitarios

Los centros sociosanitarios contarán con un nuevo protocolo para ampliar la frecuencia de visitas y el número de personas que pueden realizarlas. Seguirá siendo necesaria la cita previa.

Mientras, los centros de servicios sociales permanecerán cerrados hasta el 5 de julio, excepto los de tipo residencial. 

Transporte

En la llamada 'nueva normalidad' la oferta de transporte público pasa a ser del 100%. En los medios del Consorcio Regional de Transportes se permite la ocupación de todas las plazas. El uso de mascarilla sigue siendo obligatorio para los viajeros mayores de 6 años. 

En los transportes privados particulares se elimina la obligación de que todos los pasajeros residan en el mismo domicilio para ocupar todas las plazas.

En taxis y VTC se permite una ocupación de hasta tres personas por fila de asientos, con independencia de que convivan o no en el mismo domicilio. Se mantiene la limitación que impide ocupar la plaza del copiloto.

En transportes de mercancías, se permite la ocupación máxima del vehículo.

Hoteles y alojamientos turísticos

En hoteles y alojamientos turísticos rigen para cada fase los aforos explicitados más arriba. Las actividades de animación o las clases grupales que se puedan desarrollar en estos establecimientos deberán impartirse para un máximo de 20 personas. Preferentemente, se harán al aire libre y se evitará el intercambio de materiales entre asistentes.

En los albergues y refugios juveniles, se permitirá una capacidad máxima del 50% de su aforo. 

Mercadillos

Los mercados al aire libre tendrán un límite de aforo del 60% en la primera etapa y desde el 6 de julio este se elevará al 75%. Los ayuntamientos podrán aumentar la superficie destinada a los mercadillos, trasladarlos de ubicación o habilitar más días de celebración si lo consideran oportuno para aumentar la seguridad de los ciudadanos.

Lugares de culto, bodas y velatorios

La asistencia a lugares de culto no podrá superar el 75% del aforo de los templos. Las bodas podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, con esta misma ocupación. Como máximo, podrán asistir 150 personas en espacios al aire libre y 75 en espacios cerrados.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un máximo de 50 personas si es al aire libre o de 25 si son en espacios cerrados.

Las instalaciones funerarias en todas las áreas de acceso público no podrán superar el 75% de aforo.

Práctica deportiva

Las instalaciones y centros deportivos de titularidad pública o privada, podrán ofertar los servicios deportivos dirigidos al desarrollo de actividad deportiva propios de su tipología y capacidad.

Hasta el 5 de julio, la actividad física y deportiva no federada y al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva hasta un máximo de 25 personas a la vez.

En las instalaciones y centros deportivos, también al aire libre, se permiten grupos de 25 personas hasta el 75% del aforo máximo permitido. Después del 6 de julio no habrá límite de aforo siempre que se respete la distancia de seguridad.

En gimnasios, están permitidos grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 60% del aforo. Desde el 6 de julio, el aforo permitido es del 75% de aforo y grupos de 25 personas. 

El acceso a las instalaciones debe hacerse obligatoriamente con mascarilla y no se compartirá ningún material. En los vestuarios, deberá observarse una distancia física entre usuarios de 1,5 metros al menos. 

Los entrenamientos, competiciones o eventos regionales en las instalaciones deportivas podrán celebrarse con público: hasta el 5 de julio, los espectadores no superarán el 75% del aforo permitido y permanecerán sentados y distanciados, al menos, habrá 1,5 metros entre ellos. 

A partir del 6 de julio, no existirá límite en cuanto al aforo, pero sí habrá un límite máximo de asistencia de 300 personas simultáneamente para espacios cerrados y de 1.000 al aire libre. 

La Comunidad de Madrid recuerda que la asistencia de público a partidos de las ligas profesionales de fútbol y baloncesto dependen del Consejo Superior de Deportes

Ocio, recreo y tiempo libre

En las actividades de ocio infantil y juvenil se autoriza un máximo de 300 participantes y grupos de máximo 15 personas. 

En centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios el límite de aforo será del 60% hasta el 5 de julio y después del 75%. Las visitas en grupo serán de un máximo de 25 personas. 

En parques infantiles al aire libre y otras instalaciones como pistas de patinaje o skate, el aforo máximo permitido es de una persona por cada cuatro metros cuadrados.

Los parques de bolas para niños siguen cerrados. 

Actividades acuáticas

En las piscinas de uso público y recreativo se permite un aforo máximo de 50%. 

El 1 de julio abrirán las piscinas gestionadas por la Comunidad de Madrid (M-86 Centro Deportivo, Parque Deportivo Puerta de Hierro, instalaciones deportivas Canal de Isabel II y San Vicente de Paúl).

El baño en pozas, ríos y lagos de la región sigue prohibido.

Actividades en la naturaleza

Podrán realizarse actividades de uso público en todos los espacios naturales protegidos, pero se podrán adoptar medidas restrictivas en el acceso a los mismos cuando se considere que puede existir riesgo de formación de aglomeraciones (a través de controles de aforo de los aparcamientos, en las zonas de descanso, en accesos, etc.). Además, las áreas recreativas de los montes (merenderos, fuentes, etc.) se mantendrán clausuradas. 

La Comunidad recomienda que los visitantes circulen por estos parajes manteniendo las distancias de seguridad y evitando aglomeraciones.

Podrán realizarse actividades de turismo activo y de naturaleza, organizadas por empresas. La actividad podrá estar dotada de guía turístico, para grupos de hasta un máximo de veinticinco personas.

En todas estas actividades es obligatorio el uso de mascarilla.

Se permite la pesca y la caza manteniendo distancia de seguridad y sin utilizar utensilios.

Consulte más información sobre las nuevas limitaciones en la orden que este sábado ha publicado el BOCM (puede descargarla a continuación), la página web de la Comunidad de Madrid o sus redes sociales.

Consulte la disposición completa que regula la 'nueva normalidad' en Madrid
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