¿Se puede percibir el ingreso mínimo vital cuando resides en un piso compartido sin vínculos familiares?

El ministro de Segurdiad Social, José Luis Escrivá, lee las preguntas enviadas por los lectores de 20minutos.
José Luis Escrivá, lee las preguntas enviadas por los lectores de 20minutos.
Jorge París
El ministro de Segurdiad Social, José Luis Escrivá, lee las preguntas enviadas por los lectores de 20minutos.

El Consejo de Ministros del pasado viernes 29 de mayo aprobó el ingreso mínimo vital, una ayuda económica que se regula en el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital. 

De este modo, se pone en marcha en España una prestación económica que tiene como objetivo paliar las situaciones de riesgo de pobreza. Así, se calcula que esta prestación podrá llegar a unos 850.000 hogares que, dependiendo de la situación familiar, podrán optar a una mayor o menor cantidad de dinero.

¿Se podrá cobrar el IMV al vivir en un piso sin vínculos familiares?

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha respondido a las preguntas sobre el ingreso mínimo vital de los lectores de 20Minutos, una de las cuales, iba referida a la posibilidad o no de cobrar la prestación en caso de vivir en un piso compartido con personas con las que no se tiene ningún vínculo familiar. 

El ministro ha aclarado que esto no es posible por el momento y se ha referido a la posibilidad de reformar el reglamento para establecer algún tipo de excepción a esta regla. De todos modos, ha indicado que estas excepciones se darán solamente "en casos muy restringidos en los que se acrediten circunstancias que lo justifiquen". 

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