Ingreso mínimo vital: ¿cómo se va a valorar el patrimonio, por el valor catastral o por el valor de mercado?

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, responde a los lectores de 20minutos, durante el encuentro digital.
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, responde a los lectores de 20minutos, durante el encuentro digital.
Jorge Paris
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, responde a los lectores de 20minutos, durante el encuentro digital.

El Gobierno aprobó el viernes 29 de mayo en un Consejo de Ministros Extraordinario el ingreso mínimo vital, una prestación económica dirigida a los hogares más vulnerables para hacer frente al impacto económico de la crisis sanitaria del coronavirus.

Esta prestación económica llegará a 850.000 hogares, esto es, cerca de 2.3 millones de personas, con especial incidencia en aquellos donde haya menores. Los principales objetivos de la puesta en marcha de esta medida son "la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad". según la nota de prensa publicada tras su presentación por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. 

El Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, que regula las condiciones para acceder a esta prestación ya ha sido publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Cómo se valorará el patrimonio para acceder a la ayuda?

Con el objetivo de responder todas las cuestiones relacionadas con el ingreso mínimo vital, el ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, José Luis Escrivá, ha mantenido un encuentro digital con los lectores de 20minutos este lunes. 

A la hora de solicitar esta ayuda, se tendrán en cuenta varios aspectos económicos que demuestren que se encuentra en situación de vulnerabilidad "por carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficiente", detalla el decreto. En este sentido, una de las preguntas dirigidas al ministro José Luis Escrivá ha estado relacionada con cómo se va a valorar el patrimonio, si se realizará por el valor catastral o por el valor de mercado de la vivienda.

"En primer lugar para evaluar el patrimonio se eliminará su vivienda habitual. En el caso de una segunda residencia se tomará el valor de mercado y solo en su ausencia se medirá por el valor catastral", ha aclarado. 

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