Según un documento elaborado por la Consejería de Desarrollo Sostenible tras el paso a la fase 1 de toda la región, recogido por Europa Press, la caza y la pesca deportiva y recreativa son actividades autorizadas, y éstas se pueden practicar en aquellas zonas que se encuentran en la fase 1 del Plan para la transición a una nueva normalidad, en la que ya se encuentra todo el territorio de la Comunidad Autónoma.
Entre esas medidas de prevención e higiene figura la limpieza y desinfección de los utensilios de caza y pesca utilizados y el uso obligatorio de mascarilla "cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida".
Además, se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso, prestando especial atención, en las tareas de limpieza, a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características.
En este sentido, se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad y, tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
No podrán practicar ni caza ni pesca las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.
Las personas vulnerables al COVID-19 también podrán hacer uso de las habilitaciones previstas en esta orden, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo rigurosas medidas de protección.
COMPETICIONES DE PESCA
De otro lado, se aclara que los titulares de cotos de caza o personas debidamente autorizas por los anteriores, pueden solicitar el envío a su domicilio a portes debidos de los precintos que correspondan según lo establecido en el Plan de Ordenación Cinegética, a través del formulario SLDJ de la Sede Electrónica en el siguiente enlace
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