Un comisario de Barcelona denunciado por montar "coronapinchos", almuerzos de hasta 20 personas

  • El sindicato policial Jupol asegura además que el almuerzo se celebró en horario laboral, de 12:30h a 13:30h.
  • Jupol ha advertido que se dará traslado de este comportamiento a las "autoridades sancionadoras de Cataluña"
Vehículo de Policía Nacional, agentes.
Vehículo de Policía Nacional, agentes.
POLICÍA NACIONAL - Archivo
Vehículo de Policía Nacional, agentes.

El sindicato policial Jupol ha denunciado ante la Jefatura Superior de Policía de Cataluña al comisario Emilio de la Calle, de la brigada de Extranjería de Barcelona, por organizar "almuerzos" de veinte personas en la comisaría, saltándose la normativa impuesta por el estado de alarma.

Según ha denunciado el sindicato en una nota de prensa, el comisario De la Calle ha venido organizando en los últimos días varios almuerzos, a los que se ha dado el nombre entre los agentes de "Coronapinchos".

El comunicado de Jupol relata el último de estos almuerzos, ocurrido el pasado 15 de mayo, pero añade que "se tiene conocimiento de que no es la primera vez que se efectúa, sabiendo que se ha realizado en dos ocasiones más". Y añade que el almuerzo se celebró en horario laboral, de 12:30h a 13:30h.

Respecto al almuerzo del 15 de mayo, según la versión de Jupol, el comisario De la Calle encargó a uno de sus subalternos la compra de la comida necesaria para el almuerzo y luego invitó "de viva voz" a los policías que se encontraban en su misma planta, acudiendo un total de veinte personas, contraviniendo la limitación de reuniones de diez personas establecida por el Gobierno.

Según Jupol, las personas que acudieron al almuerzo lo hicieron sin respetar "las medidas de precaución adecuadas", ya que algunos de ellos no llevaban sus Equipos de Protección Individual y los que lo llevaban "no los utilizaron adecuadamente".

Jupol entiende que este comportamiento vulnera la normativa dada por el Gobierno, el artículo 8 del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional, referente a infracciones de riesgos laborales, y el artículo 316 del Código Penal, que tipifica los delitos contra los derechos de los trabajadores.

El texto de Jupol termina informando de que se dará traslado de este comportamiento a las "autoridades sancionadoras de Cataluña", al tiempo que solicita que "termine" esta práctica de los almuerzos y que se "deriven responsabilidades" por los hechos.

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