Garzón da marcha atrás y permitirá publicitar apuestas en los partidos a partir de las 20.00 horas

  • Un decreto del Ministerio de Consumo prohibirá que personajes públicos o famosos anuncien juegos de azar.
Una mujer pasa por delante de una casa de apuestas.
Una mujer pasa por delante de una casa de apuestas.
JORGE PARÍS
Una mujer pasa por delante de una casa de apuestas.

Pese a que hace un par de semanas el Ministerio de Consumo aseguraba que prohibiría hacer publicidad de juegos de azar online salvo de 1.00 h a 5.00 h de la madrugada, finalmente el departamento que lidera Alberto Garzón permitirá los anuncios de apuestas en los eventos deportivos que comiencen más allá de las 20.00 horas.

Así figurará en el decreto de regulación de la publicidad del juego a través de internet, que presentará hoy el propio Garzón y que Consumo pretende tener aprobado antes de verano. Ese decreto restringirá los contenidos que pueden mostrarse en los anuncios de apuestas y prohibirá que en ellos participen personajes famosos o de relevancia pública. Fuentes del Ministerio aseguran que contendrá más de 100 medidas.

Los famosos, fuera de la publicidad

Uno de los principales puntos que regulará el nuevo decreto será el de los contenidos que podrán figurar en los anuncios de apuestas y juegos de azar a través de internet. Además de prohibir que aparezcan en ellos personajes públicos o famosos –será la administración la encargada de determinar quién lo es–, Consumo establecerá restricciones sobre los modelos de comportamiento que pueden exponer.

En la publicidad no podrá darse a entender que el juego es la solución a problemas económicos, ni tampoco podrán emitirse anuncios en los que el jugador aparezca en una posición de superioridad moral con respecto a los que no juegan, que ofrezcan préstamos para jugar o que sugieran que la habilidad en un determinado juego es un factor que elimina el riesgo de perder dinero que provoca el azar. Tampoco se podrán hacer apelaciones agresivas a apostar inmediatamente ni anunciar cuotas.

Los eventos deportivos y la Lotería, excepciones

El decreto establecerá la prohibición de emitir en radios y televisiones anuncios de juego a través de internet salvo entre la 1 y las 5 de la mañana, y tampoco estará permitido hacerlo en lugares públicos donde tengan acceso los menores, como los cines.

No obstante, existe la importante excepción de los eventos deportivos que comiencen más allá de las 20.00 h, en los que sí se podrá emitir publicidad de apuestas siempre que se adecúe a las restricciones de contenido mencionadas anteriormente.

Habrá otra segunda excepción importante: la que afecta a la publicidad de Loterías y Apuestas del Estado y la ONCE, que se podrán anunciar a cualquier hora al tratarse de sorteos públicos, si bien su publicidad tendrá que adecuarse a las mismas normas sobre el contenido.

Bonos de hasta 100 euros y prohibido publicitarlos

Lo que sí estará prohibido a cualquier hora será hacer publicidad de los bonos de bienvenida con los que algunas empresas del sector del juego online captan y fidelizan a sus clientes, consistentes en regalar una determinada cantidad de dinero al usuario para que lo utilice en sus primeras apuestas. Estos bonos, además, tendrán una cuantía máxima de 100 euros.

El juego, solo en las camisetas de adulto

Garzón no prohibirá que los equipos deportivos anuncien juegos de azar en sus equipaciones. Pero sí introducirá una limitación en las que venden a sus aficionados: esta clase de anuncios no podrán serigrafiarse en las camisetas para menores, es decir, las tallas de niño. Los equipos tampoco podrán incluir nombres de empresas de apuestas en sus denominaciones o las de sus estadios.

Las webs y redes sociales

No se permitirán los anuncios que se sobreimpresionen sobre las webs. En cuanto a las redes sociales, los operadores de juego se verán obligados a hacer uso de los mecanismos que estas ofrezcan para que los menores no puedan seguir sus cuentas oficiales. Quedan también prohibidos los anuncios en redes que no permitan un filtrado por perfil de usuario.

Multas de hasta 50 millones

Las multas por incumplir el decreto serán de entre 100.000 euros y un millón, que también pueden conllevar la suspensión de la actividad en España durante un máximo de seis meses. Las faltas muy graves, como la continua reincidencia, pueden ser sancionadas con hasta 50 millones y en el último extremo, la retirada de la licencia.

Los locales físicos

El ámbito de aplicación del decreto excluye a la publicidad de casinos, bingos y casas de apuestas físicas, regulados por los gobiernos autonómicos.

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