Lanzar petardos en Nochevieja: regulación, sanciones y la edad mínima para el uso de la pirotecnia en España

Petardo
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FLICKR/ ADRIAGARCIA - Archivo
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Con la llegada de la medianoche, habrá un estallido de pirotécnica y llamas para dejar atrás el 2019 en casi toda España. La Nochevieja se caracteriza por la presencia de petardos, fuegos artificiales, piroletreros, bombetas, bengalas, cohetes, tracas...Son los tipos de materiales pirotécnicos más comunes durante estas fechas, pero hay varias cosas que debes saber antes de lanzarlos esta noche a las calles de tu ciudad. 

Aunque no exista una ley conjunta en España para regular el uso de estos materiales en las calles, la autorización para su manejo depende de ordenanzas y bandos municipales, algunos de los cuales van específicamente referidos a las fechas navideñas. 

De hecho, lanzar petardos en Nochevieja podría implicar una sanción de hasta 1.500 euros.

Regulación y sanciones

Así, en aquellos casos en los que se restringe o se prohíbe el uso de estos productos, motivado por razones de convivencia ciudadana o niveles de ruido, entre otras razones, conviene consultar las posibles sanciones que pueden alcanzar los 750 euros en Alcalá de Henares (Madrid), o 600 euros en Sevilla, entre otros casos, según Légalitas. 

Sin embargo, las sanciones han incrementado y en ciudades como Salamanca, Valladolid o Cáceres pueden llegar hasta los 1.500 euros. En estos casos se considera una infracción leve, con multas de entre 60 y 750 euros, o grave, con sanciones que oscilan entre los 751 y los 1.500 euros, en función del peligro y el daño producido.

Sin embargo, no será sancionable el uso de artificios pirotécnicos de pequeña entidad los días 24, 25 y 31 de diciembre, y el 1 de enero en los horarios definidos por la norma. Unos horarios cada vez más restringidos. 

Cada año son más los ayuntamientos que deciden limitar o prohibir el uso de estos materiales. Estos son algunos de ellos: Bollullos Par del Condado, Gibraleón y Punta Umbría (Huelva), Manacor (Mallorca), Fraga (Huesca), Dos Hermanas (Sevilla), Córdoba...

No se venden unidades sueltas ni a personas ebrias

La normativa estatal establece para todo el territorio los requisitos comunes de producción, almacenamiento, transporte, venta, inspecciones, controles de calidad, etc, de estos productos, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

También existen ciertas cuestiones que se deben tener en cuenta al comprar artículos pirotécnicos como que la unidad mínima de venta al consumidor debe ser un envase, no estando autorizado comprar unidades sueltas o que está prohibido vender los productos por correspondencia, teléfono o medios informáticos.

Por cuestiones de seguridad, la comercialización, distribución o utilización de productos pirotécnicos destinados a no expertos deben ostentar el marcado 'CE'. Además, los vendedores podrán negarse a comercializar sus productos a quienes muestren que pueden encontrarse bajo los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes.

¿Cuál es la edad mínima para el uso de pirotecnia?

La dad mínima de venta para el cliente depende de la peligrosidad y nivel de ruido de estos materiales. De esta manera, es de 12 años para aquella pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante y que está destinada a utilizarse en zonas delimitadas, incluidos los destinados a uso dentro de edificios residenciales (Categoría F1).

La que es de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas (Categoría F2) la edad mínima es de 16 años.

Por último, para la pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana (Categoría F3), el mínimo de edad se encuentra en los 18 años.

A pesar de esto, las comunidades autónomas podrán disminuir las edades mínimas para el uso de las categorías F1 a 8 años y F2 a 10 años, siempre que los usuarios hayan recibido formación suficiente para un uso seguro, que el uso sea bajo la supervisión de un adulto, previa autorización escrita del padre o tutor, y que las CCAA adopte todas las medidas necesarias para garantizar que se cumplen esos limites de edad.

Si hay un accidente, ¿a quién reclamar?

Cualquier accidente grave o mortal que se produzca por cualquier causa en el recinto debe ser comunicado de inmediato al Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación de Gobierno. Aunque, existe la posibilidad de reclamar por lo civil y por lo penal.

Además, los artículos de pirotecnia, según ley, se fabricaran en función de su peligrosidad, según las categorías establecidas legalmente, siendo algunos de ellos de uso exclusivamente profesional.

El proceso de fabricación está regulado minuciosamente (ubicación, medidas de aislamiento, vigilancia y seguridad, controles de entrada y salida, etc) disponiéndose algunas medidas como por ejemplo que, en caso de amenaza de descarga eléctrica por tormenta, se suspendan los trabajos en las zonas peligrosas.

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