Desprecio a la ley y a los tribunales, lo que la sentencia achaca a los políticos catalanes condenados por sedición

Los acusados sentados ante los magistrados del Tribunal Supremo.
Los acusados sentados ante los magistrados del Tribunal Supremo.
CARLOS G. KINDELÁN
Los acusados sentados ante los magistrados del Tribunal Supremo.

Las sentencia del Tribunal Supremo en el caso del 'procés' establece responsabilidades específicas a cada uno de los nueve condenados por el delito de sedición. En concreto, en los hechos probados la sentencia refiere lo siguiente:

Oriol Junqueras (13 años)

La sala concluye la autoría de un delito de sedición "a partir de la abundante prueba documental que obra en la causa", y especifica que aunque solo contestó en el juicio a su defensa, "admitió la realidad de los hechos, aunque reivindicó la legitimidad de su actuación  y la ausencia de cualquier responsabilidad criminal".

Especifica la sentencia "su destacado papel en el proceso que condujo a la inobservancia de las leyes y al contumaz desprecio a las resoluciones del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Recuerda que "promovió y participó activamente" en la aprobación de leyes del referéndum.

Asimismo destaca "la voluntad sedicente del acusado" no solo porque en una reunión con los Mossos dijera que si el 1 de octubre se desataba la violencia "declararía la independencia" y porque se obvió el mandato de evitar la votación del 1-0.

Raúl Romeva (12 años)

El tribunal señala a Raúl Romeva como "conocedor" de que se estaba promoviendo "una legalidad paralela" y que mediante la movilización ciudadana y el apoyo internacional se podría "neutralizar la capacidad de las autoridades gubernativas y judiciales.

"Llegó a afirmar públicamente que si ganaba el referéndum se declararía la independencia en 48 horas desde que se hiciese oficial el recuento". Dice además que intentó "convencer de la viabilidad de la construcción de una república catalana y relativizó las dificultades logísticas para la celebración de la consulta popular y llegó a acusar a las instituciones europeas de que perderían la credibilidad si no apoyaban el referéndum.

Carme Forcadell (11 años y 6 meses)

Según la sentencia del 'procés' "hizo posible, desde su privilegiada posición de Presidenta del Parlament, la creación de una legalidad paralela carente de validez". También "alentó, organizó y protagonizó actuaciones multitudinarias que entorpecieron la labor judicial y que generaron importantes enfrentamientos entre los ciudadanos y las fuerzas de seguridad del Estado.

La señora Forcadell, dice el Supremo, "proyectó su actividad pública más allá del ámbito parlamentario, apoyando las decisiones de referéndum y "desbordó" los contornos de la posición institucional y "quebrantó el deber de neutralidad inherente a la misma".

Jordi Turull (12 años)

Considera probado el tribunal que "participó en las distintas reuniones definitorias de la estrategia a seguir". Además, "el acusado sabía que la desatención a los requerimientos del Tribunal Constitucional ya había sido considerada como delito de desobediencia". Consideran una prueba también que él presentara las urnas que iban a ser empleadas en el referéndum.

Josep Rull (10 años y 6  meses)

"El señor Rull era plenamente consciente de la inobservancia de la legalidad y de los mandatos del Tribunal Constitucional, cuyos requerimientos conocía y no observaba". Junto a otros, participó activamente poniendo las bases que propiciaron las condiciones de la movilización ciudadana.

Agrega que además de lo anterior, impidió el amarre de un barco en el puerto de Palamós, en el que iban a ser alojados temporalmente agentes de la Policía.

Dolors Bassa (12 años)

Como consejera, el Supremo establece probado que "adoptó dentro de su respectiva área de influencia las decisiones ejecutivas necesarias para procurar el referéndum".

Joaquim Forn (10 años y 6 meses)

La sentencia del procés considera que Forn "tuvo conocimiento de la movilización tumultuaria del día 20 de septiembre" y "autorizó su realización". Además estuvo al corriente de sus dimensiones y dictó el comportamiento de los Mossos, lo que supuso la neutralización de la capacidad operativa de este cuerpo policial.

Jordi Sánchez (9 años)

"El acusado asumió de forma voluntaria y con la aquiescencia del procesado Forn, que le confirió el rango de interlocutor, la promoción y el liderazgo de la concentración" del 20 de septiembre. Sin duda, Sánchez apostaba por bloquear la acción judicial. "Sin duda apostaba por dificultarla, ponerle trabas, hostigar y, por supuesto, desprestigiar ante la ciudadanía", dicen los jueces del Supremo.

Su motivación era, según el Supremo, quería demostrar a la sociedad que los jueces y  magistrados que ejercían la función constitucional en Cataluña habían perdido la capacidad de ejecutar sus resoluciones.

Jordi Cuixart (9 años)

Considera probado que su actuación fue 'in crescendo' para saltar de la protesta y manifestación legítima a "empujar a la ciudadanía simpatizante con el movimiento secesionista a la resistencia activa, a la oposición al cumplimiento de las órdenes judiciales".

También asegura la sentencia que "lo sucedido el 1 de octubre no fue solo una manifestación o acto masivo de protesta ciudadana. Si hubiese sido eso no habría reacción penal. Fue un levantamiento tumultuario alentado por el acusado entre otras muchas personas para convertir en papel mojado unas decisiones judiciales del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña".

La sentencia del 'procés'.
La sentencia del 'procés'.
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