¿Por qué Carmena y Errejón no pueden participar en los debates electorales para las municipales y autonómicas?

Manuela Carmena e Íñigo Errejón concurrirán con Más Madrid.
Manuela Carmena e Íñigo Errejón concurrirán con Más Madrid.
@MANUELACARMENA
Manuela Carmena e Íñigo Errejón concurrirán con Más Madrid.

La Junta Electoral Central ha ratificado la decisión de la Junta Electoral Provincial de Madrid que ha denegado a los candidatos de Más Madrid, tanto a la Alcaldía de la capital como a la Presidencia de la Comunidad, formar parte de los debates electorales para la campaña de las elecciones autonómicas y municipales del próximo 26 de mayo. Pero, ¿a qué se debe dicha prohibición?

Tal y como pasó con Vox a nivel nacional —cuando el pasado 23 de abril la JEC no permitió que su líder, Santiago Abascal, participara en el debate a cinco previsto por Atresmedia—, ahora alegan desde el organismo que Más Madrid es un partido de "nueva creación" y que, por tanto, todavía no tiene representación en el Ayuntamiento de la capital o la Comunidad de Madrid y no puede participar en el reparto de los tiempos informativos en condiciones similares a partidos que sí concurrieron a las elecciones de 2015, casos por ejemplo de PP, Ciudadanos, PSOE o Podemos.

"De acuerdo con la doctrina sentado por acuerdo el 15 de marzo de 1999, los partidos de nueva creación tienen legalmente el tratamiento previsto para las entidades políticas que no concurrieran a las elecciones anteriores", indicaba la Junta Electoral Provincial a fecha de 22 de abril. Este fallo viene después de que, 7 días antes, el 15 de abril, el partido de Íñigo Errejón y Manuela Carmena formulase una consulta a dicho organizmo sobre la distribución del tiempo gratuito de la propaganda electoral que les podría corresponder.

Según la JEC, corresponde "10 minutos a aquellas formaciones que no concurrieron o no obtuvieron representación" en las elecciones autonómicas y municipales de 2015. En el caso de Errejón, esta decisión podría considerarse acertada. No obstante, Carmena es la actual alcaldesa de Madrid, y por tanto, podríamos considerar que ya tiene representación en la Cámara municipal, por lo que su participación podría estudiarse más detenidamente.

El inconveniente: en los próximos comicios municipales se presenta bajo otras siglas: ya no formará parte de Ahora Madrid (confluencia de Podemos), sino de Más Madrid (partido "de nueva creación"). Así, además de la prohibición de asistir a los debates televisados, la actual formación tampoco podrá contar con publicidad electoral en medios públicos.

Por este motivo, el mismo día que se anunció el fallo de la JEC, Más Madrid recurrió el fallo insistiendo en que contaban con diputados en sus listas elegidos en la anterior elección regional bajo la marca de Podemos y también señalando que la alcaldesa y otros concejales de Ahora Madrid iban en la lista para las elecciones al Ayuntamiento de Madrid. "No hemos recibido ninguna resolución definitiva de la Junta. Vamos a esperar a ver si finalmente se produce y a partir de ahí valoraremos. Sería incomprensible que no se nos reconocieran los mismos derechos que a cualquier otra candidatura", agregaron.

Villacís quiere debatir con Carmena

La portavoz del Grupo Municipal de Ciudadanos en el Consistorio madrileño y candidata de esta formación a la Alcaldía, Begoña Villacís, ha expresado este martes su deseo de que Manuela Carmena esté en los debates electorales, algo que considera "vital", ya que "no deja de ser la alcaldesa".

Tras mostrar su "respeto" a las decisiones de la Junta, ha indicado que los madrileños "merecen un debate", en el que le gustaría que estuviese presente la regidora. "Es vital, porque no deja de ser la alcaldesa, y que se buscase la fórmula para un debate con Carmena, pero no le diré a la Junta lo que tiene que hacer", ha concluido.

¿Qué papel tiene la Junta Electoral?

Antes de presentar alegaciones, Carmena afirmó que, en caso de no poder participar en el debate, "se perdería la posibilidad de racionamiento y capacidad de los ciudadanos sobre qué deben votar". Y comparó el papel arbitral de la Junta Electoral Central con el VAR en el fútbol.

Y es que su objetivo, recogido en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, es "garantizar la transparencia y la objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad". Tiene su sede en el Congreso y es un órgano que está activo durante toda la legislatura. Se encarga de resolver las reclamaciones que tenga que ver con esa ley, de corregir y, si es necesario, sancionar las infracciones que se den en los procesos electorales.

Entre sus funciones también está la de emitir instrucciones de obligado cumplimiento en cualquier materia electoral, unificar criterios interpretativos de las Juntas Electorales Provinciales de las comunidades autónomas y responder a sus consultas de forma vinculante.

Asimismo, dirige la Comisión de Radio y Televisión, distribuye los espacios gratuitos de propaganda electoral que se emiten en los medios públicos y vela por que los datos e informaciones de los sondeos que se publiquen no contengan falsificaciones, ocultaciones o modificaciones deliberadas.

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