Distintivos ambientales de la DGT: ¿Dónde conseguirlos? ¿Cuánto cuestan? ¿A cuánto asciende la multa si no lo llevo?

Etiquetas ambientales DGT
Etiquetas ambientales DGT
DGT
Etiquetas ambientales DGT

Deste este miércoles 24 de abril es obligatorio que todos los vehículos que circulen por el término municipal de Madrid lleven el distintivo ambiental de la DGT que les corresponda. En función del tipo que sea, los vehículos menos contaminantes serán discriminados positivamente en algunas cuestiones.

Vamos a ver que diferencias hay entre ellos y otras cuestiones de interés práctico:

¿Cómo conseguirlas?

Para obtenerlas, es necesario presentar el DNI, el carné de conducir y el permiso de circulación del vehículo. Pueden conseguirse online, a través de la página www.pegatinas-dgt.com, en oficinas de correos o en algunos talleres (que se encuentran detallados en la página web de CETRAA, Confederación Española de Talleres de Reparación de Vehículos y Afines). El precio es de 5 euros.

Puede solicitarlas cualquier persona independientemente de si es o no dueña del vehículo, mientras coincidan la matrícula y el permiso de circulación.

¿Donde son obligatorias? ¿Qué pasa si no la llevo?

Si bien la DGT no exige llevar estas pegatinas, que son opcionales para este organismo y por tanto en el ámbito nacional, los ayuntamientos de Madrid y Barcelona recientemente han aprobado exigirla. En particular, estipulan que se lleve en el lado derecho inferior del parabrisas delantero. En el caso de Barcelona, la multa por circular sin el distintivo asciende a 100 euros, mientras que en Madrid será finalmente de 15 euros (y no de 90, como el resto de infracciones leves).

¿Qué tipos de pegatinas hay?

Etiquetas ambientales DGT
Etiquetas ambientales DGT

Hay cuatro tipos de pegatinas diferentes, que se asignan según la clasificación del vehículo en el Registro de Vehículos.

Bajo el distintivo "0 emisiones" serán catalogados los vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

La pegatina "Eco" la llevarán turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía menor que 40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, además deberán cumplir los siguientes parámetros: vehículos con combustible gasolina con nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o combustible diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI.

También corresponde esta etiqueta a todos los vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía inferior a 40km, híbridos no enchufables (HEV), propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, además deberán cumplir que el nivel de emisiones del vehículos sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

El distintivo "C" es el reservado para turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI, y para vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

La pegatina "B" será la que deban llevar turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V, y vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos sea Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible.

Finalmente, los vehículos de tipo A (cualquier vehículo a motor que no reúna las características para obtener ninguno de estos distintivos) no será necesario que lleven ninguna pegatina.

¿Cómo y por dónde puedo circular con ellas en Madrid?

En Madrid, las pegatinas de la DGT marcarán diferencias en las normas de circulación para los distintos vehículos. Por ejemplo, aquellos que tengan el distintivo "0 emisiones" podrán circular y estacionar sin restricciones en Madrid Central, y los que tengan la etiqueta ECO podrán hacerlo con una limitación de dos horas. Igualmente, en el caso de activación del protocolo medioambiental habrá diferencias según el escenario del que se trate.

Así, en el escenario 2 se prohíbe circular por la M30 y su interior a los vehículos que no lleven pegatina; es decir, de tipo "A", y sólo podrán estacionar en zona SER aquellos que cuenten con la de "0 emisiones" o "ECO".

En el escenario 3, la prohibición de circular a los vehículos de tipo "A" se extiende a la totalidad del término municipal.

En el escenario 4, además de todo lo anterior, tampoco los vehículos con distintivo "B" podrán circular por el interior de la M30 o por la misma.

En el escenario 5, sólo los vehículos con pegatinas de "0 emisiones" o "ECO" podrán circular en la totalidad del término municipal, y sólo los etiquetados con la primera podrán aparcar en zona SER. Igualmente, se prohibirá circular a los taxis libres que no lleven las pegatinas de "0 emisiones" o "ECO".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento