La multa en Madrid por no llevar en el vehículo la etiqueta obligatoria de la DGT será finalmente de 15 euros y no de 90

El acceso de vehículos a Madrid Central viene determinado en función de los distintivos de la DGT. Solo podrán acceder vehículos con etiqueta ambiental.
El acceso de vehículos a Madrid Central viene determinado en función de los distintivos de la DGT. Solo podrán acceder vehículos con etiqueta ambiental.
JORGE PARÍS
El acceso de vehículos a Madrid Central viene determinado en función de los distintivos de la DGT. Solo podrán acceder vehículos con etiqueta ambiental.

La sanción a los vehículos que circulen por Madrid sin la etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT), obligatoria desde este martes 24 de abril, será finalmente de 15 euros y no de 90, como el resto de las infracciones leves, según confirman fuentes municipales.

La finalidad de estos distintivos tiene "un carácter de sensibilización y de control manual de las medidas de lucha contra la contaminación"; el Ayuntamiento no tiene previsto campañas específicas de control de esta obligación, según han indicado las mismas fuentes.

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Inés Sabanés, ha recalcado que los distintivos ambientales de los automóviles procede de una regulación estatal aprobada en la anterior legislatura y que su obligatoriedad, que deviene de la ordenanza de Movilidad, fue "avisada" con "muchísimo tiempo de antelación".

Sabanés ha remarcado que estos distintivos los impulsó la DGT y que el trámite para informarse y obtenerlos es sencillo. La delegada ha recalcado que este sistema se estableció por el anterior gobierno central y que hay un "mandato de renovación de flotas" por condicionantes ambientales.

Los distintivos ambientales en vehículos son una medida que deviene de la normativa estatal (Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016) y son cuatro: '0 Emisiones', 'ECO', 'C' y 'B' que miden su impacto ambiental.

En consecuencia, los propietarios deberán solicitar el distintivo y colocarlo en un lugar visible del parabrisas en todos aquellos vehículos a motor (incluidas motocicletas) salvo los catalogados como vehículos A (con carácter general de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006).

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