Requisitos para acceder a la cuenta bancaria gratuita para familias vulnerables aprobada por el Gobierno

Servicio de cajero automático en un banco.
Servicio de cajero automático en un banco.
EUROPA PRESS
Servicio de cajero automático en un banco.

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto que regula el acceso gratuito a las cuentas bancarias básicas a personas en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social.

Según detalló el Ministerio de Economía, para determinar si una persona se encuentra dentro de este colectivo se evaluará la renta y el número de miembros de la unidad familiar utilizando el Indicador de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). El criterio utilizado es, básicamente, el mismo que el que se emplea para establecer el acceso a la justicia gratuita.

Asimismo, las entidades financieras tienen la obligación de informar y ofrecer la apertura de esta cuenta en las condiciones establecidas a las personas que lo soliciten y acrediten su situación.

En qué consisten estas cuentas

Las cuentas de pago básicas permiten realizar servicios bancarios como tener domiciliada la nómina, disponer de una tarjeta de débito, realizar retiradas de efectivo en cajeros y transferencias dentro de la Unión Europea.

El coste máximo de esta cuenta no podrá superar los 3 euros al mes, en línea con el de otros países europeos, y cubre todos los servicios, con un límite para transferencias y domiciliaciones de 120 operaciones anuales.

Sin embargo, las personas vulnerables tendrán acceso gratuito a este tipo de servicios "para que nadie se quede fuera del sistema financiero", indicó la titular de Economía, Nadia Calviño.

Requisitos

Para acceder a estas cuentas se evaluará la renta y el número de miembros de la unidad familiar utilizando el IPREM, el mismo criterio que se utiliza para el acceso a la justicia gratuita.

Teniendo en cuenta ese baremo, las cuentas bancarias básicas serán gratuitas para aquellas personas que vivan solas y su nivel de renta no supere dos veces el IPREM (12.780,26 euros al año); hogares de dos y tres miembros que no superen en 2,5 veces el IPREM (15.975,33 euros), y unidades familiares integradas por cuatro o más miembros cuyas rentas no superen el triple del IPREM (19.170,39 euros).

Además, se ha simplificado la certificación de la situación de vulnerabilidad, ya que bastará con acreditar el número de personas que componen la unidad familiar y el nivel de renta. Se establece también que, ante la imposibilidad de aportar esta documentación, bastará con un informe de los servicios sociales del Ayuntamiento.

En el plazo de 12 meses a partir de la entrada en vigor del real decreto aprobado este viernes, el Ministerio de Economía y Empresa realizará un informe para evaluar el acceso a las cuentas de pago básicas y la definición de situación de especial vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera.

Esta norma se incluye dentro del marco europeo de la directiva de Cuentas de Pago Básicas que, con el fin de alcanzar la plena inclusión financiera, establece el derecho de todo ciudadano a disponer de los servicios de una cuenta de pago básica a un precio razonable.

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