Este sábado 16 de marzo empieza a sancionarse con multas las faltas en el acceso a Madrid Central, ya que hasta la fecha solo se notificaba de la infracción al conductor.
Para ello, solo se permitirá el acceso, a nivel general, a los vecinos y sus invitados o a aquellos conductores con vehículos no contaminantes o que los dejen en un aparcamiento. Quien no cumpla los requisitos se expone a una multa por infracción leve por parte del Ayuntamiento, que ascenderá a 90 euros (se quedarán en 45 si hay pronto pago).
En cualquier caso, esta multa se podrá recurrir presentando un recurso si no está de acuerdo con la multa que le han puesto; tiene un plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación. Puede hacerlo de forma telemática (con firma electrónica) en la sede electrónica del Ayuntamiento, por correo, o bien, de forma presencial.
Para esto último tendrá que ir a las Oficinas Municipales de Registro, a los Registros de la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, o al Registro de la subdirección General de Gestión de Multas de Circulación. También se puede acudir a un juzgado de lo contencioso administrativo.
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