Mujeres juristas Themis pide al Supremo que enmiende al tribunal de Navarra y condene a La Manada por "violación"

Manifestación en Madrid ante el Ministerio de Justicia, en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de La Manada.
Manifestación en Madrid ante el Ministerio de Justicia, en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de La Manada.
Juan Carlos Hidalgo / EFE
Manifestación en Madrid ante el Ministerio de Justicia, en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de La Manada.

La asociación de Mujeres Juristas Themis considera que el TSJN "ha sido pusilánime en la sentencia" lo que supone "una decepción porque después de la reacción social que existió cuando se dictó la de la audiencia provincial, debían de haber reconsiderado y haber entendido que el fallo de esa sentencia no correspondía a los hechos".

A juicio de su portavoz, Altamira Gonzalo, la nueva sentencia demuestra que los tribunales "continúan inaplicando el Convenio de Estambul, ratificado por el gobierno español en 2014 y de obligatorio cumplimiento, que dice que cuando no hay consentimiento es violación".

Y agrega: "Nuestra legislación se tenía que haber adaptado hace tiempo, nos consta que están en ello (a través de una comisión específica para los delitos sexuales). No obstante los jueces saben que el sentir común de la sociedad dice que lo que hubo ese día en Pamplona fueron violaciones continuadas".

Themis destaca la existencia del voto particular de dos magistrados, que proponían la condena por agresión sexual y un aumento de las penas a 14 años, pero lamenta que no fuera esta la opinión de mayoritaria.

"Esperamos que el Ministerio Fiscal, y la propia mujer (en alusión a la víctima), recurran al Supremo y que el Supremo adecúe la sentencia al año 2018 e interprete el Código Penal de acuerdo con la situación social del momento y con el convenio de Estambul y califique estos hechos probados como violación".

El resultado de los recursos al Tribunal Supremo podrían conocerse en menos de un año.

Asimismo creen que es momento de reclamar, de nuevo, el ingreso en prisión de los condenados. "Si es que tenían que haber entrado ya, tienen una condena superior a cinco años, pero el sistema judicial se lo tiene que hacer mirar. Cualquier lego puede ver que hay agravios comparativos. Y una justicia que no trata igual a todo el mundo no es justicia".

Por su parte la Asociación de Mujeres Juezas ha asegurado en Twitter que la confirmación de la sentencia admite "las dificultades en deslindar entre intimidación y prevalimiento" y destacan que dos magistrados, de cinco, emitieran un voto particular en el que defienden que no hubo abuso, sino violación.

Manuel Cancio: "Esto lo llamamos intimidación"

El catedrático en derecho penal por la Universidad Autónoma Manuel Cancio —que ha venido analizando el caso para 20minutos— explica que la mayoría de la sala del TSJN ha optado por la idea de que si no se discuten los hechos probados no cabe enmendar la plana a la calificación jurídica de la Audiencia Provincial, luego dicta que hubo "abusos sexuales con prevalimiento".

Sin embargo, Cancio es más favorable a lo dispuesto en el voto particular actual, el que defienden dos de los cinco magistrados, al considerar que sin tocar el relato de los hechos es posible calificar los hechos de "agresión sexual" porque "a esto lo llamamos intimidación".

Y agrega: "No solo importa lo que le pasa en su fuero interno a la víctima, sino cómo se manifiesta la acción. Que no suceden los hechos aisladamente entre un hombre y una mujer, sino que son cinco hombres encerrados en un contexto en el que no podían pensar que la chica no estaba intimidada. Algo que probaría también lo que ocurre al final, que le sacan la tarjeta del móvil para impedir que llame a nadie de inmediato".

Eso sí, Cancio considera que los tres magistrados que sustentan la sentencia reconocen que no es un caso sencillo, y se lo han tomado muy en serio. "Quizás lo fácil para quedar bien fuera decir que había intimidación. Pero se lo han mirado muy en detalle y han resuelto en conciencia. Eso es que el caso no está claro".

"Este tipo de situaciones son las que tiene que dirimir el Tribunal Supremo, que es el que está para marcar la línea unitaria de interpretación. Y creo que sí entrará en el fondo de la cuestión", aventura el catedrático en derecho penal.

Por último, Cancio ve "perfectamente posible y razonable" que los condenados entren de inmediato en prisión, sin esperar al Supremo, porque ya tienen una condena mínima de nueve años "que nadie se la quita".

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