Los CDR, el terrorismo y el pacto antiyihadista de PP y PSOE

Medio centenar de miembros del CDR (Comité de defensa de la República) corta la avenida de la Meridiana en Barcelona.
Medio centenar de miembros del CDR (Comité de defensa de la República) corta la avenida de la Meridiana en Barcelona.
Alejandro García / EFE
Medio centenar de miembros del CDR (Comité de defensa de la República) corta la avenida de la Meridiana en Barcelona.

La Guardia Civil detuvo el martes en Viladecans (Barcelona) a Tamara C.G., supuesta coordinadora de los denominados Comités de Defensa de la República (CDR), bajo sospecha de haber cometido delitos de rebelión y terrorismo. Así lo cree la Fiscalía, que argumenta que el audio difundido en marzo en el que hablaba de "sabotajes" y otras acciones en Semana Santa quería crear un "clima de agitación social".

Estas acusaciones incipientes han suscitado muchas dudas entre algunos partidos y otros actores civiles. El Síndic de Greuges (defensor del pueblo), Rafael Ribó, las ha tildado de "desproporcionadas"; Podemos, los Comuns, PSC y los partidos independentistas han pedido que no se banalice al terrorismo, mientras que Ciudadanos y PP han manifestado su conformidad con las actuaciones Audiencia Nacional.

No se descartan más arrestos y, de momento, se busca a otro activista de Esplugues de Llobregat (Barcelona) que no ha sido localizado. "Si podemos parar el puerto sería brutal (...) Algunos hablan de meternos en el aeropuerto, pero es muy jodido porque te puede disparar la Guardia Civil", decía Tamara C.G., aunque estas acciones nunca se produjeron. Sí hubo cortes de carreteras y barreras en peajes.

En todo caso, para la Fiscalía la actuación de estas personas sería comparable a la desplegada por los de Grupos X e Y de apoyo a ETA, según fuentes jurídicas citadas por Efe, que detallan que la detenida guardaba en su casa documentación sobre el acuartelamiento de la Guardia Civil de Barcelona. De esta forma, se les estaría achacando la intención concreta de "subvertir el orden constitucional", ha confirmado el Ministerio Público en un comunicado.

La reforma a dos de PP y PSOE

Y aquí entra en juego una de las últimas reformas del Código Penal, vía "pacto antiyihadista", en la que la Fiscalía se apoya para argumentar su decisión. La reforma fue acordada en 2015 por PP y PSOE en forma de pacto de Estado: Mariano Rajoy y Pedro Sánchez lo escenificaron, solemnemente, el 22 de febrero. La proposición de ley llegó al Congreso, se tramitó por la vía exprés, y solo recibió tres apoyos más: UPN, CC y Foro.

Ciudadanos acabó firmando el pacto; también UPyD, el PAR y Unió. Podemos quiso apuntarse observador, y luego lo serían también PNV, PDeCAt y ERC, precisamente a raíz de los ataques terroristas de Cataluña de 2017, aunque a finales de año volvieron a apartarse. Sin embargo, las críticas desde algunos partidos a la redacción del texto se centraron desde el principio en advertir sobre la posible criminalización de las protestas ciudadanas.

Pese a que se presentaron varias enmiendas al texto (esta es la versión que entró en el Congreso), solo se aprobaron en la Cámara Baja cinco pactadas por PP y PSOE y una de CiU (la versión aprobada), que lo terminaron de pulir junto al recorrido, también exprés, por el Senado. Todo estaba enfocado, en un principio, a combatir el terrorismo yihadista y sus particularidades, como los "lobos solitarios"; pero la transformación del artículo 573 del Código Penal fue clave para lo que estamos viendo ahora.

Las diferencias: antes y después

Hasta 2015, el Código Penal contemplaba un agravamiento de pena para aquellas personas que, sin pertenecer a un grupo terrorista, cometieran una serie de delitos con el objetivo de "subvertir el orden constitucional", de alterar gravemente la paz pública o de "atemorizar" a la población o a un colectivo. Esta redacción se introdujo en 1996 y tenía como objetivo el considerado entonces entorno de ETA; entre esos delitos se citaban desde los homicidios hasta las coacciones, pasando por los desórdenes públicos, la desobediencia y resistencia a la autoridad.

Los delitos considerados de terrorismo entonces los tenían que cometer, en cambio, miembros o colaboradores de grupos terroristas; y eran los de "estragos", incendios o atentados contra las personas. Un grupo de terrorista, asimismo, tenía que tener como fin subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública mediante la comisión de dichos delitos.

A partir de 2015, el delito de terrorismo se amplía a "cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, contra la Corona, de atentado y tenencia y tráfico y depósito de armas", entre otros, siempre que tengan como fin subvertir el orden constitucional, desestabilizar las instituciones, alterar la paz, provocar terror, etc.

Antes de 2015, el delito de desórdenes públicos incluía penas de seis meses a tres años para aquellos que actuaran en grupo y quisieran alterar la paz o el orden causando daños personales, materiales u obstaculizando vías públicas. Desde 2015, se considera un agravante si los desórdenes y, además, los delitos de rebelión y sedición se cometen por un grupo terrorista o por una persona amparada en él. En este caso, los CDR no están considerados grupos terroristas, pero la Fiscalía sí cree que pueden haber cometido delitos terroristas.

El Tribunal Supremo ha tumbado en los últimos tres años algunos aspectos del pacto antiyihadista, como los relativos al adoctrinamiento pasivo o a la multirreincidencia delictiva, recuerda la periodista Ana Terradillos, de la Cadena Ser.

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