El Supremo delibera sobre las alegaciones presentadas contra las candidaturas de Bildu

El procurador de la defensa de Bildu, a las puertas del Tribunal Supremo para presentar las alegaciones de esta coalición contra la impugnación de sus candidaturas por parte de la Fiscalía y la Abogacía General del Estado.
El procurador de la defensa de Bildu, a las puertas del Tribunal Supremo para presentar las alegaciones de esta coalición contra la impugnación de sus candidaturas por parte de la Fiscalía y la Abogacía General del Estado.
Víctor Lerena / EFE
El procurador de la defensa de Bildu, a las puertas del Tribunal Supremo para presentar las alegaciones de esta coalición contra la impugnación de sus candidaturas por parte de la Fiscalía y la Abogacía General del Estado.

La Sala del 61 del Tribunal Supremo inicia desde las 10.00 h de la mañana de este domingo sus deliberaciones para decidir si admite o no los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra las candidaturas de Bildu para evitar que esta coalición concurra a las elecciones del 22 de mayo.

Bildu presentó poco antes de la medianoche del sábado sus alegaciones a las impugnaciones de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.

Según informaron fuentes del Supremo, Bildu presentó "al límite de plazo" sus alegaciones, después de que la Sala del 61 del Alto Tribunal le concediese a esta formación, y a otras tres agrupaciones de electores, un plazo adicional de un día para "garantizar el derecho de defensa", que concluía a las 24 horas de este sábado.

Bildu había alegado indefensión por el escaso plazo del que ha dispuesto para presentar sus argumentos.

Ahora, los 16 magistrados que integran esta sala especial del Supremo tienen de plazo hasta la medianoche de este domingo para tomar una decisión que, no obstante, podrá ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, que, a su vez, deberá pronunciarse antes de la medianoche del 5 de mayo, cuando está previsto que comience la campaña electoral.

Análisis de las pruebas y alegaciones presentadas

Tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado han impugnado las 254 candidaturas de Bildu -coalición integrada por EA, Alternatiba y abertzales independientes- y, mientras que la primera ha recurrido además 18 agrupaciones electorales, los servicios jurídicos del Estado lo ha hecho contra 16, al considerar que son el instrumento utilizado por Batasuna para estar en las elecciones.

Desde las 10.00 h de este domingo, los magistrados deberán analizar las pruebas aportadas por la Fiscalía y la Abogacía así como las alegaciones presentadas por Bildu y las agrupaciones de electores contra la impugnación de sus candidaturas.

Por un lado, estudiarán las impugnaciones contra Bildu y por otra las de las agrupaciones electorales, de cuyas sentencias serán ponentes los magistrados Manuel Alarcón y Rafael Gimeno Bayón, respectivamente.

Se da la circunstancia de ambos fueron dos de los siete magistrados que se opusieron hace poco más de un mes a la decisión de la mayoría de la Sala del 61 de prohibir la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior.

Los mismos magistrados que en la decisión de Sortu

Los 16 magistrados que integran la sala son los mismos que decidieron sobre Sortu, salvo uno, Jesús Corbal, que esta vez no formará parte de la Sala Especial ya que sustituyó entonces al magistrado O'Callaghan (de la Sala de lo Civil) que se encontraba de baja, pero ya se ha reincorporado al Supremo y participará en la deliberación sobre Bildu.

La división en la Sala del 61 en el caso de Sortu -con 9 votos a favor de prohibir su inscripción como partido y 7 en contra (los de Juan Antonio Xiol Ríos, Gonzalo Moliner, José Manuel Sieira, José Luis Calvo, Alberto Jorge Barreiro, Manuel Alarcón y Rafael Gimeno-Bayón)- podría reproducirse en esta ocasión aunque se desconozca la posición que puede adoptar O'Callaghan, cuyo sustituto, el magistrado Corbal, votó a favor de prohibir la inscripción.

En el caso de que se produjera un empate en las votaciones -8 frente a 8- el Supremo tendría que convocar la denominada "Sala de Discordia", que debe sumar un número impar de magistrados. El número de componentes en ese caso lo tendría que decidir la Sala Especial, así como a quien se elige, si los más modernos o los más antiguos.

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