El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado hoy la querella presentada por Dignidad y Justicia contra el alcalde de Lejona (Vizcaya) por mantener dos calles dedicadas a tres etarras, al considerar que esta decisión es "puramente administrativa" y le compete a su Ayuntamiento.
La asociación de víctimas acusó al alcalde del Ayuntamiento, Eneko Arruabarrena (PNV), de un delito de enaltecimiento de terrorismo en su vertiente de menosprecio a las víctimas por mantener el nombre de los etarras Eustaquio Mendizabal, "Txikia", y los hermanos Txabi y Joseba Etxebarrieta en dos calles de la localidad.
Fallecieron sin que conste resolución judicial alguna
Y no la hay porque, según argumenta, fallecieron entre 1968 y 1973 "sin que conste resolución judicial alguna" condenándoles en relación con algún delito de terrorismo.
En este sentido, enfatiza que las acusaciones que figuran en la querella sobre la militancia en ETA de esas tres personas y el "relato pseudohistórico" corresponden a "meras apreciaciones" periodísticas, que no tienen "base jurídica alguna" porque no existe una sentencia que así lo determine.
En el caso de que esa resolución existiera, detalla Pedraz, podría aplicarse la Ley de Amnistía (1977) y, por tanto, el delito se consideraría "olvidado legalmente".


No hay elementos para imputar a la infanta Cristina por fraude fiscal
"Estas acciones han salvado vidas, son legales"
Preocupación por la facilidad de expansión del nuevo coronavirus
Messi, convocado por Sabella
Fomento plantea un ERE voluntario en Renfe y Adif
El Arzobispado de Madrid estudia formar a exorcistas
Paul McCartney pide la libertad condicional para las integrantes del grupo punk Pussy Riot
Jerry Lewis, puro espectáculo en Cannes



¡Sé el primero en hacerlo!