El CGPJ debatirá el informe que ve inconstitucional la ley de seguridad ciudadana

  • La propuesta de informe sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana considera anticonstitucionales algunos aspectos de la normativa.
  • El establecimiento de controles para permitir la detención de personas por faltas penales o infracciones administrativas es uno de los puntos rojos.
  • La ley de identificación de personas también podría ser anticonstitucional.
Pancarta de la marea ciudadana contra la denominada 'ley mordaza'.
Pancarta de la marea ciudadana contra la denominada 'ley mordaza'.
JORGE PARÍS
Pancarta de la marea ciudadana contra la denominada 'ley mordaza'.

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debate este jueves la propuesta de informe sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana que considera inconstitucionales varios aspectos de la normativa elaborada por el Ministerio del Interior.

Uno de los asuntos que el informe considera que choca frontalmente con la Constitución es el establecimiento de controles para permitir la detención de personas por faltas penales o infracciones administrativas.

Otro de los aspectos criticados por el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por ser contrario a la Constitución es la posibilidad que contempla la ley de identificación de personas cuando existan indicios de que han podido cometer una infracción o se sospeche que puedan cometerla.

Modificará lo más polémico

El Ministerio del Interior ha anunciado ya que modificará los aspectos polémicos del anteproyecto de ley de seguridad ciudadana, criticados por los jueces y fiscales, para evitar cualquier duda sobre la constitucionalidad de sus artículos.

El informe crítico con el proyecto elaborado por el departamento de Jorge Fernández Díaz, que será debatido y votado en el pleno de mañana jueves, ha sido elaborado por los vocales Wenceslao Olea y María Victoria Cinto, que representan a los sectores conservador y progresista del Poder Judicial.

El documento establece que "podría ser difícilmente compatible" con el artículo 17 de la Constitución, que regula los límites de la detención, el artículo del anteproyecto que faculta a las fuerzas de seguridad a requerir la identificación de las personas cuando existan indicios de que han podido cometer una infracción o se sospeche que puedan cometerla y establece la posibilidad de retenerlas si se niegan o no es posible identificarlas en ese momento.

En este sentido, la propuesta de informe afirma que "debería incorporarse" al citado artículo la obligación de los agentes de las fuerzas de seguridad de informar, de modo inmediato y comprensible, de las razones del requerimiento de identificación, así como indicarse la duración máxima tanto de la retención como de la medida de identificación en dependencias policiales.

"Considera contraria a la Constitución" también la posibilidad de establecer controles en lugares públicos para la identificación de las personas que se encuentren en ellos con el fin de descubrir y detener a quienes hayan participado en la comisión de una infracción, "ya que se viene a reconocer la posibilidad de una detención por faltas penales o infracciones administrativas".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento