La resistencia pasiva y convocar manifestaciones por Internet podría suponer penas de cárcel

  • El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha explicado en el Congreso las reformas del Código Penal en las que trabaja junto a Ruiz Gallardón.
  • Ha anunciado que se incluirá como "delito de integración en organización criminal" concertar concentraciones violentas, por ejemplo, por Internet.
  • Las penas podrán ir de uno a cinco años de prisión.
  • El Gobierno penará los disturbios callejeros con dos años de cárcel.
La Policía Nacional desaloja a varios 'indignados' de las inmediaciones del Congreso de los Diputados en mayo de 2011.
La Policía Nacional desaloja a varios 'indignados' de las inmediaciones del Congreso de los Diputados en mayo de 2011.
Juan M. Espinosa / EFE
La Policía Nacional desaloja a varios 'indignados' de las inmediaciones del Congreso de los Diputados en mayo de 2011.

La reforma del Código Penal que pretende llevar a cabo el Gobierno incluirá como delito de atentado a la autoridad la resistencia pasiva o activa grande e introducirá entre "las modalidades de acometimiento" (ataque violento dirigido contra un policía) las amenazas y comportamientos intimidatorios o el lanzamiento de objetos peligrosos, según detalló en el Congreso el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz.

Además se considerará como agravante la comisión de conductas violentas cuando estas se produzcan en manifestaciones o concentraciones y se incluirán como delito de desorden público los supuestos en los que se penetre en establecimientos públicos o se obstaculice el acceso.

También será delito convocar concentraciones violentas por Internet.

Las penas actuales

El Código Penal español establece, para el delito de atentado a la autoridad, penas de prisión de uno a seis años. La pena será la máxima posible -de cuatro a seis años y multa de seis meses- si la autoridad en cuestión es un político o un juez.

Con la reforma, quedará penada tanto la resistencia activa -considerada atentado a la autoridad siempre que se emplee la fuerza o la intimidación grave contra los agentes-, como la pasiva -sentarse en el suelo, negarse a moverse-. Además, la ley recogerá expresamente el lanzamiento de objetos peligrosos entre las "modalidades de acometimiento" o formas de llevar a cabo la acción.

La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal ya dedica un apartado específico a los desórdenes públicos como tales (Capítulo III del Título XXII sobre los delitos contra el orden público), señalando penas de entre tres meses y cinco años de cárcel para quienes los cometan. Este punto ya incluye como agravante el hecho de que las acciones se cometan en grandes concentraciones de gente donde puedan producirse avalanchas humanas o reacciones similares.

Jorge Fernández Díaz quiere incluir entre los tipos penales la convocatoria de concentraciones violentas por cualquier medio de comunicación como Internet y las redes sociales (Facebook, Twitter).

A partir de ahora, participar, promover o colaborar en estos hechos en Internet se considerará un delito de integración en organización criminal (tipificado en el Capítulo VI) similar a una banda de narcotraficantes o de atracadores, por ejemplo. Según el Código Penal vigente, para que esto ocurra deben darse los supuestos de que al menos dos personas formen un grupo más o menos estable con un reparto de funciones cuyo fin último sea cometer delitos o reiteración de faltas.

Según la legislación actual, recaerán sobre los autores penas de prisión de dos a cinco años si el fin fuera la comisión de delitos graves, y con la pena de prisión de uno a tres años en los demás casos. Fernández Díaz quiere cortar de raíz, según sus palabras de este miércoles, la "espiral de violencia" que comienza con "conductas incívicas".

En la Red ya existen foros y páginas web en las que personas o colectivos violentos vinculados a clubes de fútbol o facciones ideológicas extremistas 'quedan' o se retan con el único objetivo de pelearse en la vía pública.

Interior no ha aclarado si el objetivo de la reforma son estas acciones o si quiere incluir en ellas cualquier manifestación o concentración que acabe de forma violenta aun cuando haya sido convocada con objetivos pacíficos al amparo del derecho de reunión contenido en el artículo 21 de la Constitución Española, como las que vienen realizando los colectivos vinculados al movimiento 15-M.

"Guerrilla urbana"

"Nos parece fundamental para hacer frente a estos movimientos que actúan concertadamente previamente y con técnicas de guerrilla urbana incluir como delito de integración en organización criminal las acciones cuya finalidad sea alterar gravemente el orden público y aquellas que, con tal fin, se concierten por cualquier medio de comunicación", detalló Fernández Díaz.

El ministro ya había avanzado su intención y la del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, de endurecer las penas por desobediencia a la autoridad tras registrarse incidentes durante las protestas contra los recortes de los estudiantes valencianos o los ocurridos en Barcelona durante la huelga general del pasado 29 de marzo. El vandalismo callejero quedará así equiparado a la 'kale borroka'.

En su intervención, de este miércoles, el ministro lamentó que, "por desgracia", estos actos no suceden sólo en Barcelona. "No hay que responder desde el Código Penal a iniciativas de guerrilla urbana pero tampoco recurrir al buenismo jurídico".

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