Acuerdo Moncloa-Cataluña para no impugnar la ley para la consulta de los JJOO de Invierno

  • El Gobierno de Pedro Sánchez expresó inicialmente sus dudas sobre el decreto ley.
Varios esquiadores esperan a subir a uno de los remontadores de la estación de la Masella (Cerndaya), este lunes 14 de diciembre de 2020.
Varios esquiadores esperan a subir a uno de los remontadores de la estación de la Masella (Cerndaya), este lunes 14 de diciembre de 2020.
ACN
Varios esquiadores esperan a subir a uno de los remontadores de la estación de la Masella (Cerndaya), este lunes 14 de diciembre de 2020.

Moncloa y Generalitat han llegado a un acuerdo para que el Gobierno no impugne ante el Tribunal Constitucional la modificación de la ley catalana de consultas que debía servir para amparar la consulta sobre los Juegos de Invierno, al interpretar que está "conectada" con las competencias de Cataluña.

Meses después de que el Gobierno de Pedro Sánchez expresara inicialmente sus dudas sobre el decreto ley, ambos ejecutivos han acordado la "solución a las discrepancias existentes" en cuanto a su constitucionalidad y han dado la controversia por finalizada, según ha avanzado Ser Cataluña y han confirmado fuentes conocedoras del acuerdo.

El pacto entre ambos gobiernos se ha cerrado en el marco de la Subcomisión de seguimiento normativo y solución de conflictos, que forma parte de la Comisión Bilateral Estado-Generalitat y que ya ha evitado otros conflictos de competencia anteriormente.

Según han confirmado dichas fuentes, se trata de un acuerdo "interpretativo", en el que ambas partes coinciden en interpretar que la modificación de la ley que llevó a cabo la Generalitat está "conectada" con las competencias del Gobierno catalán y tiene el alcance fijado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

El origen de la modificación 

El pasado 15 de marzo la Generalitat aprobó un decreto ley para modificar la ley vigente y permitir así que el presidente catalán tuviera "base legal" para convocar una consulta solo en una parte del territorio, ya que con la legalidad vigente hasta ese momento únicamente podía convocarla para toda la ciudadanía de Cataluña.

Con ese recurso de urgencia, el Govern modificó la ley 10/2014 de consultas populares no refrendarias para promover consultas supramunicipales, con el objetivo de añadir un punto que permitía al president "promover y convocar consultas simultáneamente en más de un municipio, comarca o veguería, sobre asuntos relacionados con las competencias o intereses de la Generalitat".

Hasta ese momento, la ley solo contemplaba que las consultas incluyeran o bien todo el territorio catalán o bien un ámbito municipal, comarcal o de veguería concretos, y de hecho entre 2016 y 2021, según la Generalitat, se han llevaron a cabo 30 consultas no refrendarias de ámbito local.

Con ese añadido, el Govern estableció que sí se podrán hacer consultas de alcance supramunicipal superior al municipio, la comarca o la veguería, con la vista puesta entonces en la consulta del proyecto de candidatura para los Juegos Olímpicos de Invierno de 2030, que el Govern preveía convocar entre la ciudadanía de las comarcas del Pirineo afectadas por aquellos posibles juegos.

Un proyecto olímpico que, en todo caso, ha quedado en vía muerta tras el fracaso de las negociaciones entre Cataluña, el Comité Olímpico Español (COE) y el Gobierno de Aragón, que no lograron cerrar un acuerdo para promover una candidatura conjunta.

"Dudas" de Moncloa sobre la modificación de la ley

En junio, la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, ya evidenció las "dudas" de Moncloa sobre si el Gobierno catalán tenía competencias para convocar consultas supramunicipales, aunque en todo caso ya avanzó que se habían iniciado conversaciones para "avanzar" en un acuerdo para que el decreto de consultas aprobado fuera "conforme al ordenamiento jurídico español".

La ministra ya explicó que esa cuestión estaba siendo analizada por los servicios jurídicos del Ministerio de Política Territorial y que el objetivo era poder llegar a un acuerdo con la Generalitat para evitar una impugnación ante el Constitucional.

Cinco meses después, el acuerdo entre Gobierno y Generalitat se ha plasmado en interpretar que esa modificación está conectada con las competencias de la Generalitat.

Pero ambas partes coinciden además en interpretar que las convocatorias de las consultas populares no refrendarias de ámbito supramunicipal tienen el objetivo de "recabar la opinión de las personas legitimadas sobre una determinada actuación, decisión o política pública que pertenezca al ámbito de las competencias de la Generalitat, sin afectar por tanto a las competencias de los entes locales ni vulnerar tampoco la autonomía local", según el texto del acuerdo, según esas fuentes.

Las dos partes consideran pues resueltas las discrepancias y "concluida la controversia" planteada, por lo que pactan comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional, además de insertar el acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña. 

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