El Supremo confirma que la adicción a los videojuegos no exime a un asesino de ser responsable de su delito

  • El Supremo ha señalado que ser adicto a los videojuegos sólo implica que jugar con éstos es prioritario sobre cualquier otra actividad.

El Tribunal Supremo ha emitido este jueves una sentencia en la que ha dejado claro que ser adicto a los videojuegos no te exonera de ser consciente de estar cometiendo un delito, por lo que no puede considerarse en ningún caso una coartada de alteración psíquica en una condena.

El alto tribunal se ha pronunciado a este respecto en la primera sentecia que revoca una condena de prisión permanente revisable a un hombre que asesinó, en Tenerife, al abuelo de su exnovia en enero de 2016.

Precisamente, el ahora condenado a 24 años de cárcel solicitó que se le eximiese de responsabilidad penal al sufrir la adicción a un videojuego de rol que, según alegó, "tanto la OMS como Proyecto Hombre, consideran una patología moderna (...) y declaran enfermedad muy grave, al contemplarla como patología mental por trastorno extremo de la personalidad".

Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo señala que en ningún caso dicho trastorno "ha conllevado incidencia alguna en el delito" que el condenado cometió, pues ser adicto, "por más que el juego en cuestión sea de supervivencia", únicamente implica que jugar a los videojuegos sea prioritario "a cualquier otra actividad".

Según la jurisprudencia, eso no quiere decir que "la capacidad de entender y querer del sujeto esté disminuida o alerada desde el punto de vista de la responsabilidad penal".

Sobre la argumentación de la Organización Mundial de la Salud, el Supremo ha añadido que "la influencia que un transtorno por videojuegos tiene es, sencillamente, una adicción persistente o repetida a los videojuegos o juegos digitales".

Existen tres conductas para calificarla de adicción: perder el control sobre la frecuencia, la intensidad y la duración de la actividad; que los juegos pasen a tener prioridad sobre otros intereses de la vida; y que la conducta se mantenga pese a que empiece a traer consecuencias negativas para la persona.

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