SANTIAGO RIPOL CARULLA. CATEDRÁTICO DE DERECHO INTERNACIONAL
OPINIÓN

Símbolos y libertad de expresión

Santiago Ripol Carulla, catedrático de Derecho Internacional Público de la universidad Pompeu Fabra.
Santiago Ripol Carulla, catedrático de Derecho Internacional Público de la universidad Pompeu Fabra.
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Santiago Ripol Carulla, catedrático de Derecho Internacional Público de la universidad Pompeu Fabra.

El Tribunal Supremo mantiene en el juicio del procés un fino equilibrio entre los símbolos (los lazos amarillos) y la necesaria neutralidad de las instituciones, al admitir que los lleven los acusados pero no se exhiban por sus defensores. Es decir, distinguiendo el comportamiento de los particulares y el de las instituciones.

La Junta Electoral Central ha requerido a la Generalitat a "retirar de las entidades públicas, las banderas esteladas, lazos amarillos, fotografías de candidatos, pancartas, etc". Desde el viernes cuelga del balcón de la Generalitat una pancarta sin lazos, sin colores, sin referencias a los presos y sin mención al derecho de autodeterminación.

En la nueva pancarta puede leerse simplemente: "Libertad de expresión y de opinión. Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos". No sé si la JEC considerará que de este modo se cumple con su requerimiento pero es claro que el artículo 19 DUDH no se refiere al derecho a la libertad de expresión de los poderes públicos, sino de los "individuos", de manera similar al artículo 10 del Convenio de Derechos Humanos.

Los derechos humanos se conciben como un límite, como una garantía frente a los abusos del poder. En lógica correspondencia, se exige que la Administración Pública actúe para servir los intereses generales y con sujeción a la Ley y al Derecho, incluido el respeto de los derechos humanos.

Si estos nacen para defender a los ciudadanos frente a los abusos del poder, es lógico que los entes públicos no puedan ser, salvo excepciones tasadas, titulares de derechos fundamentales. No compete a la Administración participar activamente en el debate público, dando su parecer sobre las cuestiones sobre las que ha decidido o debe hacerlo en el futuro. Hacerlo así significaría confundir la ideología de los partidos que ejercen el poder con el interés general. La Administración, que no puede actuar así en ningún caso, mucho menos puede hacerlo, claro está, en período electoral.

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