El artículo 8 era uno de los siete escollos en los que la delegación catalana y el PSOE mantenían diferencias a dirimir en la Comisión Constitucional.
Además, este extremo provocó que los socialistas perdieran una votación en el debate en ponencia.
Apostilla 'Catalunya'
Los socialistas no aceptaban la utilización del epíteto 'nacionales' para los símbolos, la lengua o la bandera.
De hecho, a excepción del primer apartado del artículo, han logrado sustituirlo por la apostilla "de Catalunya".
Así, el epígrafe del artículo es "símbolos de Catalunya" y no "símbolos nacionales".
Sin embargo, en el apartado 1 se señala que "Catalunya, definida como nacionalidad en el artículo 1, tiene como símbolos nacionales la bandera, la fiesta y el himno".
El apartado 2 describe la "bandera de Catalunya"; el 3, "la fiesta de Catalunya" el Día Once de Septiembre; y el 4, habla de 'Els Segadors' como "himno de Catalunya".
"Marco simbólico de Catalunya"
En el apartado 5 se señala que el Parlament debe regular las distintas expresiones del marco simbólico de Catalunya y debe fijar su orden protocolario. Finalmente, el apartado 6 añade que la protección jurídica de los "
El pacto alcanzado anoche entre PSOE y CiU fue suscrito también esta mañana por el grupo de ICV-EA, mientras que ERC sigue manteniéndose al margen de estos acuerdos.
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