El Constitucional suspende la iniciativa del Parlament para declarar la independencia de Cataluña

Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional de España.
Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional de España.
Europa Press
Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional de España.

El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este martes la iniciativa legislativa popular (ILP) que el Parlament admitió a trámite el 20 de febrero para declarar la independencia de Cataluña, según han informado fuentes jurídicas. 

Esta decisión se ha producido después de que el Gobierno decidiera impugnar el acuerdo de la Mesa de la cámara catalana ante el TC. Cuando anunció el recurso, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, defendió que su postura es "es absolutamente coherente" con la política del Gobierno y añadió que el Ejecutivo va en contra de cualquier iniciativa "que sea divisiva, fracture la sociedad y genere tensión" como cree que ocurriría con la tramitación de esta ILP

Fuentes jurídicas han informado de que el Pleno del tribunal de garantías ha dictado una providencia en la que admite a trámite el recurso del Ejecutivo, lo que supone la paralización inmediata de la iniciativa legislativa, como así había pedido el Gobierno.

Aunque todos los magistrados y las magistradas han estado de acuerdo en la admisión, las fuentes precisan que ha sido un debate "intenso" que ha girado en torno a cuestiones técnicas y que habido discrepancias en cuanto a los argumentos, porque había "distintos motivos" a la hora de justificar la admisión a trámite.

De hecho, el debate se ha extendido durante hora y media, pese a que se trata de un recurso del Ejecutivo, cuya admisión es en la mayoría de los casos casi automática, y de la amplia doctrina constitucional respecto del proceso independentista catalán.

Y es que el asunto no era nada sencillo, ya que se trata de "un procedimiento escasamente utilizado", "sin apenas precedentes" puesto que no es un recurso de inconstitucionalidad contra una ley sino un recurso de impugnación de disposiciones autonómicas sin fuerza de ley, cuyo objeto es el acuerdo de la mesa del Parlament de admitir a trámite la iniciativa legislativa popular.

De hecho, el último precedente fue la admisión a trámite por la mesa de la asamblea del País Vasco del plan Ibarretxe, que el Gobierno de José María Aznar recurrió y el TC rechazó su admisión, lo que no ha sucedido en este caso. 

El PSC también recurrió

La iniciativa legislativa popular (ILP), que fue registrada el pasado 2 de febrero por Solidaritat Catalana per la Independència, fue admitida a trámite el pasado 20 de febrero por la Mesa del Parlament, con el voto a favor de Junts y la CUP, la abstención de ERC y el voto en contra del PSC. El objetivo era pedir que la Cámara catalana declarase la independencia de Cataluña. Para evitarlo, el PSC recurrió ante el Tribunal Constitucional la decisión de la Mesa, si bien la única forma de que se paralice su tramitación en tanto se resuelve el recurso es que lo haga el Gobierno, que tiene que invocar la suspensión del acuerdo por medio del artículo 161.2 de la Constitución.

El acuerdo se impugnó conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional por existir fundamentos que infringen la Constitución y que exceden del marco competencial de la Generalitat. Los motivos de esta inconstitucionalidad se basan tanto en el incumplimiento de la jurisprudencia del Constitucional como en el acuerdo adoptado por la Mesa del Parlament.

La Mesa del Parlament admitió a trámite la ILP a pesar del informe desfavorable del letrado, que es consultivo. Según el documento, la proposición de ley "no se ciñe al ámbito estricto de las competencias de la Generalitat" y, por lo tanto, incumple el artículo 6.2 de la ley que regula las ILP. Además, el escrito apunta que la iniciativa supone una "modificación sustancial de la forma de estado y de gobierno establecida y definida en la Constitución". Añade que "cualquier regulación que altere o contradiga el diseño constitucional requiere una previa reforma constitucional".

El informe también señala momentos en que la Mesa no ha admitido a trámite ILP con un contenido parecido: el 13 de septiembre de 2022, el 25 de junio de 2019, el 1 de abril de 2008 y el 17 de enero del 2008.

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