La LGTBIfobia fue el motivo más frecuente de los delitos de odio en los últimos 20 años

Lucía (d) y Marcela durante una manifestación para condenar el asesinato de un joven de 24 años en A Coruña debido a una paliza al grito de "maricón", a 5 de julio de 2021, en Madrid.
Lucía (d) y Marcela durante una manifestación para condenar el asesinato de un joven de 24 años en A Coruña debido a una paliza al grito de "maricón", a 5 de julio de 2021, en Madrid.
Alejandro Martínez Vélez / Europa Press
Lucía (d) y Marcela durante una manifestación para condenar el asesinato de un joven de 24 años en A Coruña debido a una paliza al grito de "maricón", a 5 de julio de 2021, en Madrid.

Uno de cada cinco delitos de odio cometidos en España entre 2002 y 2021 tuvieron su raíz en la LGTBIfobia. De todas las sentencias dictadas en esos veinte años, el 23% fue la causa de discriminación más frecuente, seguida del racismo y la ideología, según datos publicados este miércoles por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). ¿El perfil del agresor? Un hombre mayor de edad que suele actuar solo y que se siente identificado con algún grupo extremista. 

Los delitos de odio tienen en cualquier sociedad un fuerte impacto divisivo de la convivencia por su enorme potencial de envenenamiento de la coexistencia pacífica entre grupos diferentes", subrayan los autores del estudio, los profesores Andrea Giménez-Salidas, de la Universidad Pontificia de Comillas, y Jon-Mirena Landa, de la Universidad del País Vasco. La investigación analiza los hechos y las sentencias dictadas para visualizar "el mapa del odio" según el tipo de delito, los colectivos diana, las conductas más castigadas y el perfil de víctimas y agresores. 

Así, el 22,7% de los delitos de odio tuvieron como objetivo la orientación y la identidad sexual, que se mantienen año a año como el tipo de discriminación más común, casi cinco puntos por encima de la siguiente: el origen racial o étnico (18,8%). Le sigue la ideología (15,3%) y la nacionalidad de las víctimas (10,2%), la discapacidad (3%), su religión o creencias (2,8%), el antisemitismo (2,3%), el antigitanismo (1,7%) y la aporofobia (0,6%).

El estudio revela también que la distribución geográfica de los delitos de odio es "desigual". Cataluña es la comunidad autónoma donde se registran con mayor frecuencia (42%), tres veces más que Madrid (12,8%) y muy lejos del 7% de Castilla y León y Canarias. El 6,4% se cometieron en la Comunidad Valenciana y el 5,25% en Andalucía. Por provincias, el mayor número de casos analizados se produjeron en Barcelona (38%), Madrid (2,8%), Santa Cruz de Tenerife (6,4%), Valladolid (5,2%), Tarragona y Valencia (4,1%) y Navarra (2,9%). 

Lo más habitual es que estos delitos se cometan en la vía pública, en las calles (31,4%), especialmente en aquellas discriminaciones motivadas por antigitanismo, religión, orientación sexual y nacionalidad. Pero el espacio virtual y, en definitiva, el ámbito digital (teléfono, mensajes y redes sociales), aglutinan el 19% de los casos, relacionados en mayor medida con el antisemitismo y con la ideología, la nacionalidad y la orientación sexual de la víctima. Según la investigación, cuando el hecho se produce de forma presencial —en ocho de cada diez casos—, la violencia psicológica es la más prevalente a través de intimidaciones o amenazas. En cambio, en el entorno virtual, el medio utilizado más habitualmente son las redes sociales (16,4%). 

Agresores y víctimas

Tras analizar a 296 acusados, el CGPJ concluye que en el 70% de los casos actúan de forma individual. Son, además, hombres en el 86% de las ocasiones y casi la misma proporción han alcanzado ya la mayoría de edad. "El estudio puede concluir que oscila entre los 13 y los 77 años, siendo la media de 32,3 años y la edad más común, los 21 años", subraya el órgano de gobierno de los jueces. 

En cuanto a las víctimas, la mayoría de los casos estudiados (el 67,4%) afectan a una sola persona, mientras en el 23,5% a dos. Seis de cada diez son hombres y nueve de cada diez mayores de edad, con una media de en torno a los 30 años. Si los acusados fueron mayoritariamente españoles, en el caso de las víctimas sucede lo contrario: el 83,3% eran extranjeras y procedían principalmente de países de América Latina (Ecuador, Venezuela y Colombia) y de países africanos (Marruecos y Senegal).

Además, casi siete de cada diez pertenecían a un grupo específico, siendo la categoría más representativa la de las minorías éticas, religiosas o colectivos vulnerables (56%) y, dentro de ella, el 64% pertenecía al colectivo LGTBI. Le siguen el colectivo de extranjeros, que representaron uno de cada tres casos, y los grupos políticos (5%).  

De todos esos casos analizados, el 65% tuvo un fallo condenatorio, y el tiempo que pasó entre la fecha de los hechos y la de la resolución se situó en una media de uno a tres años. En las sentencias, los delitos más frecuentes fueron los discursos de odio (62%). El 10,6% fueron por delitos de lesiones y un 10,2% por trato denigrante. Además, en un tercio de los asuntos se impusieron penas de prisión, con una duración de poco más de un año. El segundo lugar lo ocupan las multas (23%) y la inhabilitación para votar (20,3%); y, ya en menor medida, se impusieron penas de inhabilitación especial (12,5%) y prohibiciones de aproximarse o comunicarse con la víctima (7,7%). 

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