Así es la nueva ayuda de 100 euros de la Seguridad Social: qué requisitos se deben cumplir

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Manuel Breva Colmeiro
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No son buenos tiempos para los bolsillos de los ciudadanos. Tras el inicio de la guerra de Ucrania y el estallido de la crisis energética en todo el mundo, son muchas las familias que tienen problemas para llegar a fin de mes. Por eso, con el objetivo de frenar los efectos de la inflación en los hogares, el Gobierno de España puso en marcha una cartera de medidas anticrisis, entre las que se incluía la reducción del IVA de alimentos básicos o el Ingreso Mínimo Vital: una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social entre personas que carecen de rentas básicas para sostener una vida digna.

Ahora, dentro de la Ley de Familias, llega una nueva ayuda con mucho impacto para las familias españoles: la renta de crianza, aprobada en marzo de 2023 que ahora amplía la protección a las familias, niños y adolescentes.

Renta de crianza: 100 euros al mes

La renta de crianza es una ayuda económica que busca dar más facilidades y tener un impacto positivo en las familias españolas con hijos de 0 a 3 años, y consiste en una prestación o ayuda de 100 euros mensuales por hijo/a a cargo. Hasta ahora, las madres trabajadoras ya recibían esta ayuda. Sin embargo, a partir de 2023, esta ayuda se extendió a un mayor número de familias.

El requisito para recibirla es, además de tener un hijo de entre 0 o 3 años, estar dentro de alguna de estas categorías:

  • Madres que estén cobrando una prestación.
  • ​Madres con un empleo a tiempo parcial o completo.
  • ​Familias en situación de monoparentalidad o monomarentalidad por ingreso en prisión de uno de los progenitores u obtención de la custodia.
  • ​Padres del mismo sexo.

Cómo solicitar la renta de crianza

Para obtener la ayuda económica de 100 euros por hijo de entre 0 y 3 años, se debe cumplimentar el formulario del Modelo 140, disponible en la página web de la Agencia Tributaria.

A la hora de cumplimentar el formulario, el solicitante debe tener DNI y los menores de 3 años deben tener el NIF. Una vez rellenado el formulario, se obtendrá un documento que deberá presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria.

También se puede formalizar la solicitud a través de la web de la Agencia Tributaria, de su correo electrónico (AgenciaTributaria@correo.aeat.es), o llamando al número gratuito 901 200 347.

Según la web de la Agencia Tributaria, si ya estás cobrando el abono anticipado, no tienes que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo. “Si cumples los nuevos requisitos, seguirás cobrando el abono anticipado”.

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