Todo sobre la nueva legislación del tabaco: ¿Afecta a los 'vapeadores'? ¿Qué pasa con el tabaco calentado? ¿Cuándo entra en vigor?

Todo sobre la nueva legislación del tabaco: ¿Afecta a los 'vapeadores'? ¿Qué pasa con el tabaco calentado? ¿Cuándo entra en vigor?
Todo sobre la nueva legislación del tabaco: ¿Afecta a los 'vapeadores'? ¿Qué pasa con el tabaco calentado? ¿Cuándo entra en vigor?
Todo sobre la nueva legislación del tabaco: ¿Afecta a los 'vapeadores'? ¿Qué pasa con el tabaco calentado? ¿Cuándo entra en vigor?
Todo sobre la nueva legislación del tabaco: ¿Afecta a los 'vapeadores'? ¿Qué pasa con el tabaco calentado? ¿Cuándo entra en vigor?

El tabaco calentado se regirá con la misma regulación que el tradicional. Se trata de una forma de fumar poco extendida en nuestro país, que, hasta ahora, gozaba de una normativa más laxa y que, tras la aprobación de un real decreto por el Consejo de Ministros, prohíbe que contenga aromas y sabores y obliga a que en el etiquetado figuren las advertencias de que es perjudicial para la salud.

Concretamente, lo que hace esta nueva normativa es adaptar la legislación española según las directrices europeas, que habían dado como fecha límite para aplicar los cambios hasta el 23 de julio de 2023. Ahora, a petición del Ministerio de Sanidad, España se pone 'a ello'. Pero, ¿qué dispositivos se verán afectados?

¿Qué es el tabaco calentado?

Tabaco tradicional, vapers, cigarrillos electrónicos, tabaco calentado... las modalidades son tantas que a menudo se confunden. Lo que, efectivamente, tienen en común todas ellas es que son dañinas para la salud. Aunque esta vez el Gobierno ha centrado sus esfuerzos en la regulación del tabaco calentado. 

Se trata de dispositivos que calientan electrónicamente (hasta 400 °C) un producto del tabaco. A diferencia del cigarrillo tradicional, no utilizan combustión. Pero, atención: no es lo mismo que los cigarrillos electrónicos, ya que no contienen líquido en su interior, sino tabaco procesado (picado en polvo). Funcionan con una batería que, al quemarlo, produce aerosoles que contienen nicotina y otras sustancias químicas, procedentes de aditivos y aromas añadidos, y que son inhaladas por los usuarios a través de la boquilla.

¿Afecta a cigarrillos electrónicos y vapeadores?

La iniciativa solo se aplica al tabaco calentado, y no a otras formas de fumar como los 'vapeadores' o los cigarrillos electrónicos, que a pesar de contener nicotina, no son propiamente productos del tabaco. Aunque estos no se quedarán fuera de juego: el Ministerio de Sanidad está trabajando en una regulación propia para estos dispositivos.

La prohibición afecta a los productos de tabaco calentado que contengan aromatizantes en sus componentes -como filtros, papeles para fumar, envases o cápsulas- o cualquier otra técnica que permita modificar el olor y sabor de los productos del tabaco, así como intensificar el humo de los productos del tabaco calentado. Además, los filtros, papeles y cápsulas no podrán contener tabaco, ni nicotina.

¿Qué advertencias serán obligatorias en el etiquetado?

Con este real-decreto se hace obligatorio el mensaje informativo y las advertencias sanitarias sobre el producto en su etiquetado, que deberán incluir la siguiente afirmación: "El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas". 

Además, estos productos tendrán que mostrar en sus envases las imágenes de advertencia sobre los daños que produce, que acostumbramos a ver en las cajetillas de cigarrillos convencionales.

¿Cuándo entrará en vigor la normativa?

El texto se ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros, pero aún debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Desde ese momento, se contarán tres meses hasta su entrada en vigor. 

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