Qué impuestos se pagan cuando compras una casa en Alicante

Vista panorámica de la ciudad de Alicante.
Vista panorámica de la ciudad de Alicante.
WILLIAM PERUGINI
Vista panorámica de la ciudad de Alicante.

Alicante se ha convertido en el refugio de muchas personas en los últimos años. Tanto es así que algunos están contemplando la opción de comprar una vivienda para ya asentarse definitivamente en la ciudad. Sin embargo, se enfrentan al gran desembolso de dinero que supone esta operación, ya que el metro cuadrado de las viviendas en venta se ha incrementado notablemente en los últimos meses.

No es lo mismo adquirir una vivienda de nueva construcción que una de segunda mano. Más allá del precio, que normalmente es más elevado en el caso de los pisos de 'primera entrega' —los que se adquieren directamente al promotor, según la Agencia Tributaria—, los compradores tendrán que hacer frente a diferentes impuestos dependiendo de la operación que vayan a realizar.

Los únicos gastos comunes tanto para viviendas nuevas como de segunda mano son la tasación, la notaría, el registro y la gestoría. Este último es opcional, ya que solo afecta a aquellos compradores que contraten este servicio para llevar a cabo el trámite.

Qué impuestos se pagan en Alicante

Los compren vivienda nueva tendrán que pagar dos impuestos. Uno es el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que supone un 10% del precio final de venta de la propiedad con carácter general. Se reduce hasta el 4% para las viviendas de Protección Oficial (VPO). El otro es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). El general es del 1%, pero se reduce al 0,10% por adquirir la primera vivienda habitual.

Al comprar una vivienda de segunda mano hay que abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que ha sufrido variaciones este 2024. Con carácter general, es del 8%. Sin embargo, hay algunos casos en los que se reduce este porcentaje:

- 6%: para menores de 35 años que compren una casa de hasta 180.000 euros destinada a vivienda habitual.

- 6%: para VPO de régimen general y hasta 180.00 euros destinadas a vivienda habitual.

- 3%: para viviendas habituales de VPO de régimen especial.

- 3%: para viviendas de hasta 180.000 euros de familias numerosas, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género.

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