El Supremo tumba una demanda del Zoo de Madrid contra animalistas por denunciar supuesto maltrato a delfines

Exhibición de delfines en el Zoo Aquarium de Madrid.
Exhibición de delfines en el Zoo Aquarium de Madrid.
EUROPA PRESS
Exhibición de delfines en el Zoo Aquarium de Madrid.

El Tribunal Supremo ha tumbado una demanda del Zoo de Madrid contra la asociación animalista Proyecto Gran Simio (PGS) por denunciar un supuesto maltrato a delfines y divulgarlo en su web, indicando que considera que sus opiniones al respecto están amparadas por su derecho fundamental a la libertad de expresión.

Así consta en una sentencia en la que se desestima el recurso interpuesto por el Zoo de Madrid por intromisión ilegítima en su derecho al honor.

El litigio tiene su origen en la demanda interpuesta por Zoo de Madrid contra esta asociación animalista en la que se solicitaba que se declarase vulnerado su derecho al honor por la interposición por la demandada de una denuncia ante el SEPRONA.

Además, la asociación divulgó en su página web la situación en la que se encontraban los delfines del Zoo Aquarium de Madrid, dos de los cuales presentaban lesiones cutáneas y los demás problemas oculares.

La Sala Primera descarta que entrañe una intromisión ilegítima por encontrarse comprendida en el ámbito constitucionalmente protegido de las libertades de información y expresión.

En primer lugar, rechaza la tesis de Zoo de Madrid de que la denuncia se hubiese interpuesto con el único propósito de desprestigiarle porque considera que, conforme a los hechos probados, la demandada denunció tras conocer que el zoo seguía utilizando en las exhibiciones recreativas a delfines con patologías cutáneas que eran constatables.

Exponen que es razonable que, una asociación que promueve el bienestar animal, amparada por su libertad de expresión, utilizase el cauce legalmente previsto para poner en conocimiento de la policía con competencias en la materia la existencia de un posible ilícito penal o administrativo.

En segundo lugar, la prevalencia de la libertad de información de la asociación parte del hecho probado de que publicó una información veraz apoyada en fuentes contrastables, sin que estuviera obligada a esperar al resultado de la investigación, ni su deber de diligencia resultó afectado por el hecho de que no se abriese ningún expediente administrativo ni judicial.

En cuanto a los juicios de valor u opiniones, las considera amparadas por su derecho fundamental a la libertad de expresión porque, por un lado, son vertidas en la web de la asociación, directamente vinculadas con la información sobre la interposición de la denuncia contra el Zoo por presunto maltrato animal, lo que tiene interés en un contexto de debate social sobre cómo ha de ser la relación del hombre con los animales y también la finalidad de la asociación y su propio ideario.

Por otro, esas opiniones se refieren al reproche por lo que PGS consideraba una respuesta del Zoo que no despejaba las sospechas sobre el incorrecto trato que dispensaba a los delfines, y no se utilizaron expresiones injuriosas ni vejatorias desvinculadas a la idea que se pretendía transmitir.

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