La Audiencia Nacional confirma que juzgará al abogado de Puigdemont por presunto blanqueo de dinero de Sito Miñanco

El abogado Gonzalo Boye, a su llegada a la Audiencia Nacional.
El abogado Gonzalo Boye, a su llegada a la Audiencia Nacional en una imagen de archivo.
OSCAR DEL POZO
El abogado Gonzalo Boye, a su llegada a la Audiencia Nacional.

Gonzalo Boye, abogado de Carles Puigdemont, será juzgado en la Audiencia Nacional por un presunto delito de blanqueo de capitales a raíz de su presunta participación en la 'operación Mito', referida al intento de la organización de narcotráfico dirigida por Sito Miñanco de introducir cuatro toneladas de cocaína en España. Así lo ha confirmado este jueves el tribunal, en un auto que desestima el recurso presentado por la defensa de Boye en el que se cuestionaba la competencia del órgano judicial para enjuiciarlo. 

El abogado fue procesado por el Juzgado Central de Instrucción número 3, que concluyó en sumario su implicación en la 'operación Mito'. Más adelante, presentó un artículo de previo pronunciamiento ante la Sala de lo Penal en el que pedía no ser sentado en el banquillo porque ya había sido juzgado previamente por hechos similares. La Sala de lo Penal desestimó su recurso, con lo que Boye acudió a la Sala de Apelación, un mecanismo que le ha servido para retrasar el juicio. Finalmente, esta sala ha confirmado la decisión de la Sala de lo Penal, ratificando de manera irrevocable que Boye será juzgado por la Audiencia Nacional. 

El acusado sostenía que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no tenía competencia para juzgar un delito de blanqueo de capitales, el que se presume a Boye. Sin embargo, la Audiencia Nacional se refiere a la ley orgánica del Poder Judicial para señalar que, aunque esta no contempla el blanqueo entre sus "delitos de conocimiento", sí señala que "la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional extenderá su competencia al conocimiento de los delitos conexos con todos los anteriormente reseñados". 

Es decir, que como la Audiencia investiga los delitos enmarcados en la 'operación Mito', puede juzgar a Boye por un presunto delito de blanqueo de capitales como parte de la investigación. Así, el auto explica que Boye será juzgado por presuntas acciones realizadas bajo la dirección de Miñanco y encaminadas a recuperar un dinero que le fue incautado a la organización del narco en el aeropuerto de Barajas en 2017. 

Según el auto de procesamiento, los investigados aseguraron que el dinero incautado pertenecía a Manuel Pedro González Rubio, y sin embargo la Audiencia señaló que este hombre -un individuo de origen colombiano que transportaba los 889.620 euros en el fondo de su equipaje- no era el verdadero propietario. El dinero pertenecía realmente a Sito Miñanco. 

Gonzalo Boye y otro abogado "informaron de que elaborarían unos documentos y presentarían unos contratos de compraventa", una estrategia enfocada a justificar el origen legal del dinero intervenido. A Cambio se acordó que el narco les pagaría 90.000 euros. 

Tras la exposición de los hechos, el auto apunta que "la conexidad entre los hechos por los que se acusa a Gonzalo Boyé Tuset y el eventual delito antecedente contra la salud pública se hace evidente, según el Ministerio Fiscal, y queda atribuida la competencia a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional". 

Se confirma así la decisión que tomó en noviembre de 2022 la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3, María Tardón, al enviar a juicio a Miñanco, a Boye y a otros 47 individuos que presuntamente participaron del intento de introducir las cuatro toneladas de cocaína. 

La Fiscalía Antidroga reclamó a finales de 2022 una condena de 31 años y medio de prisión para Sito Miñanco y otra de nueve años y medio para Boye. En su escrito de acusación, el ministerio público pedía también una multa de más de 950 millones de euros para el narcotraficante gallego y otra de 3,1 millones para Gonzalo Boye. 

Según el fiscal, Boye presentó contratos de compraventa en un expediente administrativo "a sabiendas de su falsedad y de que las operaciones de compraventa eran ficticias, con el objeto de recuperar el dinero intervenido y ocultar que el mismo procedía del narcotráfico".

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