Cómo afecta el nuevo cambio de las cotizaciones a la pensión: ¿cambiará la cuantía?

La Seguridad Social acumula desde hace años un basto patrimonio repartido por toda la geografía nacional. Pero, por razones diversas, casi uno de cada cuatro inmuebles de los que este organismo es titular están vacíos o semivacíos.
Novedades en la cotización
La Seguridad Social acumula desde hace años un basto patrimonio repartido por toda la geografía nacional. Pero, por razones diversas, casi uno de cada cuatro inmuebles de los que este organismo es titular están vacíos o semivacíos.

Desde el pasado 1 de octubre se ha aplicado un cambio en la cotización de la pensión de los trabajadores a tiempo parcial. A partir de este mes, sus cotizaciones de cara al cálculo de la pensión de jubilación computarán como un día completo, aunque trabajen una jornada parcial. De la misma manera ocurre ya con las prestaciones por incapacidad permanente, temporal, nacimiento y cuidado de menores.

Esta reforma pretende beneficiar especialmente a las mujeres trabajadoras, que según las estimaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) representan el 75% de los trabajadores a tiempo parcial. La medida forma parte de la modificación del artículo 247 de la Ley de Seguridad Social a partir del artículo único 26 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.

¿Cómo afecta esto a la cuantía a percibir por los pensionistas a la hora de cobrar la jubilación? Desde la Seguridad Social han aclarado las dudas a este respecto y a otras cuestiones sobre la nueva modificación

Cómo afecta el cambio a la cuantía de las pensiones

Desde la Seguridad Social explican que, a efectos de cálculo de la cuantía, esta medida no afecta para nada al cálculo de las prestaciones, ya que "la base reguladora seguirá siendo la misma en función de lo cotizado". La equiparación que establece la medida "influye en el tiempo que hay que trabajar para generar derecho a la pensión en cuestión", pero no afecta a la cuantía de la misma.

Para calcular la cuantía de la pensión, por lo tanto, seguirá siendo necesario aplicar a la base reguladora "el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados".

El cambio afecta a diferentes prestaciones

Según explica la Seguridad Social, esta modificación aplica "para el acceso a las pensiones de jubilación, incapacidad permanente o temporal, muerte y supervivencia (viudedad y orfandad) y prestaciones, nacimiento y cuidado del menor". 

Hay que tener en cuenta, además, que desde la sentencia del Tribunal Constitucional de 2019 para la jubilación y la Incapacidad permanente, "a efectos del porcentaje aplicable a la base reguladora, un día trabajado equivale a día cotizado". De igual manera, a partir de octubre de 2023, "se deja de aplicar el coeficiente global de parcialidad (CGP) a efectos de la carencia que se tiene que acreditar para tener derecho a las prestaciones". A partir de ahora se exigirá "la misma carencia que al resto (los 15 años para la jubilación sin que se te reduzcan por el CGP) y cada día trabajado equivale a un día cotizado para el cómputo de ese período"

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