La Fiscalía descarta investigar el documental de Jordi Évole sobre Josu Ternera antes de su emisión: "No existe la censura previa"

Documental de Jordi Évole sobre Josu Ternera
Documental de Jordi Évole sobre Josu Ternera
Documental de Jordi Évole sobre Josu Ternera
Documental de Jordi Évole sobre Josu Ternera
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha descartado investigar antes de su emisión el documental dirigido por Jordi Évole que incluye una entrevista con el exdirigente de ETA José Antonio Urrutikoetxea, alias Josu Ternera. Para el Ministerio Público, la obra está amparada por los derechos a la libertad de expresión y de creación, por lo que no hay infracción penal alguna, y recuerda que en España "no existe la censura previa".

Dignidad y Justicia, asociación presidida por Daniel Portero, hijo de una víctima de la banda terrorista, había solicitado a la Fiscalía que visualizara el documental "por si el contenido del mismo o las expresiones en él vertidas pudieran ser constitutivos de un delito de enaltecimiento del terrorismo y/o de humillación a sus víctimas".

El documental dirigido por Évole ha causado una gran polémica, sobre todo en el Festival de San Sebastián, donde va a tener lugar el estreno. Más de 500 personas, entre ellas personalidades de la universidad, la cultura, la política y los medios de comunicación, así como víctimas de ETA, pidieron en una carta a la dirección del certamen que no proyectara el documental. Para los firmantes, la cinta "forma parte del proceso de blanqueado de ETA y de la trágica historia terrorista en nuestro país, convertida en un relato justificativo y banalizador que pone al mismo nivel a asesinos y cómplices, víctimas y resistentes".

Sin embargo, el Festival ha decidido mantener el estreno y pide que la película sea "vista primero y sometida a crítica después y no al revés", al tiempo que asegura que "no blanquea" el terrorismo y que "dar la voz no es dar la razón".

Según ha informado este jueves el Ministerio Público, tras la petición de Dignidad y Justicia se han "abierto y archivado diligencias de investigación", ya que la Constitución reconoce y protege, entre otros, el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción", así como "el derecho a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica".

Tal y como explica el escrito firmado por la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, "el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa y solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial".

En este sentido, la fiscal recuerda que no es posible incoar "investigaciones de carácter general cuyo objeto, lejos de perseguir un hecho delictivo concreto, tenga por exclusiva finalidad indagar la conducta o actividad de una o varias personas que se presumen peligrosas o potenciales delincuentes atendidos sus antecedentes o su forma de vida, actual o pasada". Se trataría, por tanto, de una investigación "prospectiva" que no cabe en el ordenamiento jurídico.

Por ello, la Fiscalía de la Audiencia Nacional considera que "procede dictar decreto de incoación y archivo de las presentes diligencias, por no ser los hechos denunciados constitutivos de infracción penal alguna y no acceder a la petición interesada de visionado previo de la entrevista".

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